Las nuevas exigencias que deberán cumplir los jardines y salas cunas

¿Qué estándares deben cumplir hoy los jardines infantiles y salas cunas para funcionar? “Actualmente, ninguno que sea obligatorio”, reconoció la subsecretaria de Educación Parvularia, María Isabel Díaz.

“Existen 2.000 jardines privados, aproximadamente, que operan hoy con rol Junji, pero hay una nebulosa que funciona sin ningún permiso, ya que lo único que han necesitado históricamente ha sido la patente municipal”, dijo Díaz a La Tercera.

De esta realidad se desprende uno de los principales desafíos del área: la certificación de jardines y salas cunas, proceso que debe estar terminado en 2019. Existirán dos tipos de autenticaciones: el reconocimiento oficial para los recintos que reciben fondos del Estado, y la autorización de operación para los privados.

“Esto entrega condiciones base de funcionamiento en infraestructura, educadores, proyecto educativo, etcétera. Además, da garantías de que es un establecimiento educacional y permite salir del concepto de guardería”, enfatizó Díaz.

Así, los recintos de enseñanza parvularia deberán contar con un mínimo de profesionales por niño matriculado, lo que se conoce como “coeficiente técnico”. Específicamente, según el Decreto N° 315 del Ministerio de Educación (Mineduc), habrá “un coeficiente diferenciado según las edades de los niños y el nivel al que asistan”. Por ejemplo, deberá existir un técnico en educación de párvulos cada siete lactantes y un educador cada dos aulas para sala cuna. En el caso del segundo nivel de transición -niños de 5 a 6 años-, se pedirá un educador y un técnico cada 45 alumnos.

En cuanto a las exigencias de infraestructura, deberán cumplir con una superficie mínima (regulada por la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones) y que variará por el nivel educativo. De este modo, para sala cuna y jardín infantil se requerirán 2,5 y 1,1 metros cuadrados por niño, respectivamente.

Seguridad e higiene

“Esta revisión busca resguardar aspectos básicos de seguridad, salubridad e higiene, así como velar por el cumplimiento de condiciones adecuadas para la formación y el aprendizaje de niños”, dijo Jadille Baza, directora del Departamento de Infraestructura Escolar del Mineduc.

Según Victoria Parra, candidata a doctor en Políticas Públicas de Primera Infancia de la Universidad de Columbia, todos estos requisitos “posibilitan la generación de mecanismos y estrategias de acompañamiento, apoyo y supervisión a los establecimientos educativos”. Lo más relevante, señaló, es que por primera vez se “regula que no operen recintos que no cuenten con condiciones mínimas”.

Para Ernesto Treviño, director de Centre UC, “es muy importante este cambio, porque establece estándares obligatorios para cualquier institución que tenga como misión la educación y los cuidados de la primera infancia. Este es un servicio que, público o privado, no puede estar desregulado”.

Treviño añadió que “los estándares han mejorado sustancialmente, en cuanto a coeficiente técnico y metros cuadrados por niño, pero aún están lejos de la Ocde”.

Según Jocelyn Uribe, directora de la Escuela de Educación Parvularia de la U. Central, “el panorama cambiará en términos de calidad, porque habrá mayor fiscalización”. Además, según Uribe, otro aspecto positivo es que los recintos “deberán adecuarse a las normas del Ministerio de Salud y no ubicarse cerca de lugares insalubres”.

La especialista de la U. Central señaló, como contraparte, que mejorar el coeficiente técnico es una de las tareas pendientes: “Las autoridades deben entender que la buena calidad también pasa por la relación del número de niños que tiene que haber por educador y por técnico en sala. Hay establecimientos que tienen 35 alumnos por aula, una educadora y dos asistentes. Evidentemente, en esos casos el recurso humano no es el suficiente para poder hacer buenas actividades”.

En diciembre de 2016 comenzó un período piloto de certificación, bajo el cual 100 recintos públicos postularon para evaluarse. De ellos, 50 pasaron la prueba y los otros se encuentran en etapa de apelación. En tanto, en el caso de los privados aún no comienza esta etapa del proceso.

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