En las elecciones de octubre, los electores recibirán un total de cuatro papeletas para votar, debiendo seleccionar solo una preferencia en cada una de ellas. Los votos serán para elegir a:
- Gobernador regional
- Consejero regional
- Alcalde
- Concejal
Es obligatorio votar
Sí, en las elecciones regionales y municipales de octubre, el voto es obligatorio para todos los electores que tengan su domicilio electoral en Chile.
Lo anterior se debe a que la Ley N° 21.524 restableció la obligatoriedad del voto en todas las elecciones y plebiscitos que se desarrollen en el país, con excepción de las primarias.
Aunque la ley establece multas para quienes no voten, en la actual discusión parlamentaria, la Cámara Baja eliminó la multa para quienes no acudan a votar en octubre. Sin embargo, el Senado rechazó esta eliminación, por lo que la aplicación de multas para quienes no voten deberá ser resuelta en una comisión mixta.
Documento que necesitas para votar
Para votar, las personas deben presentar su cédula de identidad o pasaporte. En caso de haber extraviado el carnet, no se podrá sufragar utilizando el comprobante de cédula de identidad en trámite que entrega el Registro Civil.
Cuándo se publica la nómina de vocales de mesa
El Servicio Electoral (Servel) ha detallado que “la nómina de vocales de mesa será publicada por las Juntas Electorales 22 días antes de la elección”.
Por lo tanto, considerando que las elecciones son el 27 de octubre, la nómina de vocales de mesa se publicará el sábado 5 de octubre en el sitio de Consulta del Servel. En este mismo sitio se informará también si la persona ha sido seleccionada como miembro del colegio escrutador.
Cuándo puedes conocer tu local y mesa de votación
El sábado 5 de octubre, el mismo día en que se publica la nómina de vocales de mesa, también se informará a cada elector sobre cuál es la mesa y local de votación correspondiente.
Para conocer esta información, las personas deberán ingresar al sitio de consulta de datos del Servel (puedes acceder haciendo clic aquí) y proporcionar su RUT. De esta manera podrán conocer la dirección exacta de su local de votación y la mesa donde deberán emitir su sufragio.
El plazo para cambiar el domicilio electoral finalizó el pasado 8 de junio, por lo que las personas no podrán realizar modificaciones hasta el próximo proceso electoral.
En las elecciones municipales y regionales no existe la posibilidad de votar desde el extranjero, dado que se trata de comicios de carácter local con votación únicamente permitida en el territorio nacional.
La ley que estableció el voto de chilenos en el extranjero especifica que aquellos que residan fuera del país solo pueden sufragar en elecciones presidenciales, primarias presidenciales y plebiscitos. Sin embargo, no tienen derecho a votar en elecciones para senadores, diputados, gobernadores, alcaldes, concejales ni cores.
El Servel detalló que el periodo de propaganda electoral para estas elecciones se extiende desde el sexagésimo día hasta el tercer día anterior al de la elección. Esto significa que la propaganda electoral estará permitida desde el 28 de agosto hasta el jueves 24 de octubre.
En las elecciones de gobernador regional, para que un candidato resulte electo, debe recibir al menos el 40% de los votos válidamente emitidos. En el caso de que ningún candidato obtenga este porcentaje y haya más de dos candidatos en competencia, se realizará una segunda vuelta electoral entre los dos candidatos con mayor cantidad de preferencias.
La eventual segunda votación de gobernadores regionales también será de voto obligatorio y se llevará a cabo el domingo 24 de noviembre de 2024.
En esta segunda votación, será elegido como gobernador de su respectiva región aquel candidato que obtenga el mayor número de sufragios.
Fuente: El Mostrador