CETRA logra fallo clave contra Walmart: Corte ordena poner fin al cargo de operador de tienda por vulnerar derechos fundamentales

Un fallo de alto impacto en materia de derechos laborales se conoció este 14 de abril, luego de que la Corte de Apelaciones de Santiago confirmara la sentencia que obliga a Walmart a eliminar el cargo de operador de tienda, tras acreditarse que este implicaba vulneraciones a los derechos fundamentales de los trabajadores.

La decisión se da en el marco de un juicio impulsado y sostenido por el Centro de Estudios del Trabajo (CETRA), que durante casi tres años condujo y financió esta acción judicial como parte de una estrategia más amplia de defensa laboral.

Un fallo que confirma vulneraciones a derechos fundamentales

El tribunal de alzada resolvió rechazar los recursos de nulidad presentados tanto por la empresa como por los sindicatos, manteniendo íntegramente lo resuelto en primera instancia. En ese fallo se estableció que el cargo de operador de tienda generaba afectaciones a la integridad física y psíquica de los trabajadores, configurando una vulneración de derechos fundamentales.

Como consecuencia, la empresa deberá cesar definitivamente esta función en un plazo de 15 días hábiles desde la notificación de la sentencia.

Desde una perspectiva de derechos, la resolución reafirma un principio clave: no basta con que una función laboral sea formalmente válida, sino que sus efectos concretos deben respetar la dignidad y la integridad de quienes la ejercen.

MINUTA JUICIO OPERADOR DE TIENDA EN WALMART – CORTE DE APELACIONES

Santiago, 15 de abril de 2026.

Como es sabido, CETRA ha encabezado el juicio de los sindicatos de la Federación del Trabajador Walmart contra la Empresa con motivo del cargo de operador de tienda. Esto ocurrió mientras desplegábamos nuestra Asesoría hasta octubre de 2024,  fecha en que renunciamos a continuar con nuestro trabajo profesional al percatarnos que no habían condiciones de solidez en el grupo dirigente para enfrentar un escenario duro de negociación, como ocurrió en el proceso 2026-2028, en que se termina aceptando  la pérdida del IPC en todos los beneficios y las platas mensuales como Sueldo Base y Bono Fijo Mensual constituyéndose en la peor negociación desde la fundación de la Federación en 2008. El juicio relativo a operador de tienda que CETRA ha conducido y financiado hasta hoy- abril 2026, fue parte del diseño definido respecto que consideró  una triple estrategia de resistencia y avance. Los otros dos elementos eran la defensa de un Dictamen de la Dirección del trabajo sobre la correcta aplicación del artículo 342 del Código del Trabajo que, habiéndose resuelto a favor de la Federación, ésta lo abandono en la práctica al cerrar la última negociación, causándole un gran daño a sus socios. La tercera cara de la estrategia era una denuncia formal ante la OCDE la que nunca se concretó.

En este juicio finalmente, luego de casi 3 años, con fecha 14 de abril de 2026, la Corte de Apelaciones de Santiago dictó sentencia en los recursos de nulidad interpuestos por los sindicatos y la empresa en contra de la sentencia de primera instancia. Recordemos que dicha sentencia declaró, primero, que el cargo de operador de tienda vulneraba los derechos fundamentales de los trabajadores y debía ser cesado por la empresa. Y, en segundo lugar, señaló que los sindicatos no tienen representación suficiente para reclamar una indemnización por daño moral en nombre de sus socios, entonces se dio la razón a los sindicatos en lo primero y a la empresa en lo segundo y por eso ambas partes presentaron recursos de nulidad.

La sentencia de la Corte de Apelaciones resolvió mantener el criterio del tribunal de primera instancia rechazando ambos recursos interpuestos. En el caso del recurso de los sindicatos, se señala que la acción por daño moral corresponde exclusivamente a la persona afectada. Si bien los sindicatos tienen un rol activo en las relaciones laborales y pueden presentar denuncias de vulneraciones de derechos fundamentales, su participación procesal no puede sustituir la iniciativa del trabajador en acciones específicas como la reclamación por daño moral.

Respecto del recurso interpuesto por Walmart la Corte determinó que el tribunal de primera instancia falló de forma correcta teniendo por acreditados los hechos más relevantes para el fallo como fueron las claras vulneraciones a la integridad física y síquica de los trabajadores, por lo que la causal de nulidad intentada por la empresa no tiene lugar.

A partir de lo anterior, se mantiene firme la sentencia de primera instancia y deberá cesar definitivamente el cargo de operador de tienda en Walmart en 15 días hábiles contados desde hoy. Esto demuestra la efectividad de la vía utilizada por CETRA para direccionar esta demanda en beneficio de los trabajadores ya que no se discutió la legalidad del cargo, sino que sus consecuencias resultaban vulneratorias para los trabajadores.

Bajo esta nueva situación Walmart podría intentar un Recurso de Unificación de Jurisprudencia para llegar a la Corte Suprema, pero se ve poco factible ya que requerirían fallos de otros tribunales que determinaran, en casos similares o iguales al del operador de tienda, que no existe vulneración de derechos fundamentales. En la parte trabajadora se podría presentar un juicio mayor con el poder de cada trabajador interesado para demandar indemnizaciones. En CETRA estamos revisando esta opción.

 

CETRA-LEGAL