Informe CETRA: Sobre la discusión en la Comisión Trabajo Del Senado respecto de los proyectos de ley que modifican la jornada laboral

Por: CETRA LEGAL

A raíz de los múltiples proyectos de ley sobre jornada de trabajo es que el Senado organizó la creación de una mesa técnica que revisó las distintas iniciativas legislativas y recibió exposiciones de los diferentes sectores del trabajo como son empleadores, trabajadores y consumidores. Luego de varias sesiones han arribado a una conclusión plasmada en un informe sobre su labor que fue expuesto por el Subsecretario del Trabajo Fernando Arab en la sesión de la Comisión Trabajo del Senado del 5 de enero de 2022. A continuación, revisamos el informe y la discusión sostenida en la sesión mencionada.

I.- INFORME MESA TÉCNICA

1) Jornada 4×3:
La mesa propone que se puedan acordar los pactos de distribución de jornada 4×3 de forma individual, sin mediar participación de los sindicatos. Máximo de 12 horas en el lugar de trabajo, considerando jornada ordinaria, extraordinaria y descansos. Si la jornada diaria se extiende más de 10 horas, debe haber 1 hora de descanso
imputable a la jornada diaria.

La mesa sostiene que esto conllevaría a menos horas en el lugar de trabajo y mayor dinero por las horas trabajadas de acuerdo a los siguientes ejemplos:

Estos ejemplos muestras situaciones que en la práctica no se dan. Parten de la base de que las empresas tendrán trabajadores de jornadas intermedias entre 30 y 45 horas, cuando en la realidad casi no existen dichas jornadas porque los empleadores no contratan por estos horarios a trabajadores que igualmente deben compensar como si fueran de 45 horas. En las empresas del comercio prácticamente no existen trabajadores en estas jornadas intermedias. Si analizamos un ejemplo real tenemos que:

Con esto tenemos que los trabajadores deberán estar en el lugar de trabajo 48 horas a la semana (más que en la actualidad en una jornada de 5×2) y trabajarán 44 de estas 48 horas recibiendo un pago por 45 horas. De esta manera no es cierto que estos acuerdos se traducirán en menor tiempo en el trabajo sino que solo se aumenta un día de descanso concentrando las labores en los restantes 4 días. No tenemos seguridad de que esta alternativa sea más beneficiosa ya que existirá un sobreesfuerzo evidente en los días de trabajo, además de no asegurarse mayor vida familiar en la medida que los días de descanso no coincidirán necesariamente con los de la familia.

Otro efecto que tendrá esta propuesta es el aumento de los trabajadores part time de fin de semana ya que se ahorrará el recargo por trabajo en domingo y se cubrirá el tiempo dejado por los que opten por la jornada 4×3.

2) Autorización de jornadas excepcionales de trabajo y descanso por acuerdo entre las partes:
Se propone que estos pactos de jornadas excepcionales no requieran la autorización de la DT sino que sea un acuerdo entre las partes. En caso de que exista sindicato debe ser éste quien apruebe el pacto sin requerir un mínimo de sindicalización en la empresa. Los trabajadores no sindicalizados y en empresas sin sindicatos requerirán un 75% de aprobación entre los trabajadores afectados por la nueva jornada. Se determina que la ley debe establecer límites de trabajo diarios y de días consecutivos de trabajo, así como un Reglamento del Mintrab sobre la materia.

En este punto creemos necesario que los límites estén claros y no se den situaciones como las descritas por los trabajadores donde se ejecutan pactos ilegales a espaldas de las autoridades. Creemos necesario un examen de los pactos por parte de la DT aunque sea ex post de manera que se tenga constancia de lo existente, no basta con el mero depósito de ellos mismos.

A nuestro parecer, para conjugar ambas necesidades (legalidad y celeridad en la acción) podría existir una autorización temporal para que se ejecute el acuerdo pactado entre las partes mientras lo aprueba la DT y si se detecta alguna ilegalidad se retrotrae a la situación previa al pacto.

Obviamente este tipo de pactos solo debe ser posibles en labores y faenas que lo requieran por su naturaleza y no aplicable a todas las áreas económicas del trabajo.

3) Cierre anticipado del comercio:
En este punto la mesa técnica no tiene una propuesta plenamente consensuada. Se dice que la mesa solo está de acuerdo en proponer, no el cierre del comercio, sino que limitar la duración de la jornada diaria.

Dentro de las propuestas que no tienen unanimidad tenemos que el sector mayoritario busca que el término de jornada a las 20.00 horas se aplique en el gran comercio y solo a trabajadores que hayan iniciado sus labores antes de las 12 del día y exceptuando a los trabajadores part time, contratados exclusivamente para fin de semana y aquellos a plazo de 30 días o menos.

En este punto la minoría está por cerrar el comercio prohibiendo que existan trabajadores prestando servicios más allá de las 20 horas de lunes a sábado y hasta las 18 los domingos y festivos como lo propuso en un principio la Confederación de Sindicatos del Comercio.

La postura planteada por la mayoría de la mesa no responde a la necesidad de los trabajadores ya que el problema no es solo la existencia de jornadas extensas, sino que jornadas que terminan en horarios nocturnos que conllevan los diversos problemas expuestos por los representantes de los trabajadores en la mesa, exposición a delincuencia, falta de locomoción, poca vida familiar. Además, con la propuesta de la mesa se promueve la disminución de trabajadores full time y el aumento exacerbado de trabajadores part time que no tendrían límites, precarizando así aún más el trabajo en el comercio que ve como día a día disminuyen los trabajadores de 45 horas pasando a ser hoy menos del 50% de las dotaciones en las empresas del retail.

De esta manera, si la iniciativa legislativa se centra en la postura de la mesa, creemos que es mejor mantener las actuales condiciones y no innovar en medidas que a nuestro parecer generarían más efectos adversos que beneficiosos para los trabajadores. Lo que buscan los trabajadores es que nadie tenga que trabajar en el comercio después de las 20 horas, no limitar la jornada y permitir el funcionamiento de las empresas con otros trabajadores menor pagados y que tendrán que sufrir los perjuicios de terminar su jornada más allá de las 23 horas.

Respecto del horario de Navidad la mesa está conteste en adelantar el cierre en los días previos de las 23 a las 22 horas y el 24 de diciembre de las 20 a las 18 horas.

Respecto del feriado por elecciones, la mayoría de la mesa está por ampliar a todo el comercio el feriado y no solo a malls, lo que es una deuda largamente sentida por los trabajadores del comercio.

II.- DISCUSIÓN EN COMISIÓN SOBRE EL CIERRE ANTICIPADO DEL COMERCIO

Luego de la exposición del Subsecretario del Trabajo los Senadores revisaron algunas indicaciones propuestas y solicitaron precisiones respecto del informe expuesto.

En primer lugar la comisión, al igual que la Mesa Técnica, está conteste en avanzar en las propuestas de adelantamiento del cierre del comercio en el periodo previo a navidad que como se expuso adelantaría el cierre en los días previos de las 23 a las 22 horas y el 24 de diciembre de las 20 a las 18 horas.

Las principales preocupaciones respecto de las iniciativas de cierre del comercio fueron el universo de empresas y trabajadores incluidos y si es que era el mejor camino avanzar en el cierre del comercio a las 20:00 horas o la limitación de jornada hasta este horario. Fuera de discusión quedó la opción del cierre a las 19 horas por ser inviable.

Frente a la preocupación sobre las empresas consideradas en esta iniciativa legal, la comisión estuvo conteste en limitar su aplicación dejando excluidos a las micro, pequeñas y medianas empresas planteándose la posibilidad de especificar la aplicación tomando en consideración distintos factores como tamaño y facturación de las empresas.

Respecto del punto sobre el universo de trabajadores, se hizo referencia a aquellos trabajadores incluidos en el artículo 38 n°7 del Código del Trabajo, y los distintos senadores solicitaron precisiones por ejemplo respecto de la exclusión de personal de aseo e inclusión de reponedores que no siempre son dependientes de empresas del comercio, sino que externos.

Sobre la posibilidad de instaurar el cierre del comercio a las 20 horas los senadores se mostraron reacios por posibles afectaciones al Derecho Constitucional de Propiedad por lo que se inclinan a limitar la jornada de los trabajadores del comercio y no a forzar el cierre de los establecimientos. Por su parte el senador Letelier señaló que el era partidario de limitar la jornada hasta las 20 horas a todos los trabajadores sin distinción (distinto de lo propuesto por la Mesa Técnica que solo limitaría la jornada para trabajadores que ingresaron a prestar servicios antes de las 12 del día).

En definitiva luego de haber cada senador expuesto su postura y haber solicitado al Subsecretario Arab distintos insumos e información, se determinó no realizar votaciones y seguir con el estudio en próximas sesiones.