La ministra del Trabajo y Previsión Social, Alejandra Krauss, junto al subsecretario del Trabajo, Francisco Javier Díaz, y la subsecretaria de Previsión Social, Jeannette Jara, participaron en la ceremonia de promulgación de la ley que elimina distinción entre obreros y empleados en la normativa sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
En la actividad, encabezada por la Presidenta de la República, Michelle Bachelet, la secretaria de Estado señaló que “antes, si tenían un accidente del trabajo o enfermedad profesional, obtenían en materia de salud un tratamiento distinto al resto de los trabajadores, solo podían acceder al sistema de salud pública y no podían acceder a prestadores privados como corresponde en derecho a los trabajadores de nuestro país”.
“Con este avance la norma establece que, en caso de accidentes laborales o de enfermedades profesionales, los trabajadores afiliados al Instituto de Seguridad Laboral (ISL) que hoy reciben la calificación de obreros puedan acceder a una atención de salud especializada en toda la red de prestadores, es decir, a través de prestadores públicos o privados, ya que todos son considerados trabajadores sin distinción alguna”, explicó la titular de Trabajo.
En 1978 se modificó el Código del Trabajo, eliminando la distinción entre obrero y empleados, pasando todos a ser trabajadores. Sin embargo, para efectos previsionales subsistió esta distinción en la Ley 16.744, hasta ahora.
Actualmente el Instituto de Seguridad Laboral atiende a cerca de 900 mil trabajadores protegidos por el Seguro de la Ley 16.744. De este número, cerca de 350 mil son calificados como obreros, principalmente trabajadores/as de casa particular (170 mil), manipuladoras de alimentos y temporero/as.
La Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (elaborada tripartitamente con asistencia de OIT, y través de diálogos regionales realizados en todo el país) estableció la eliminación de esta discriminación como su medida más simbólica. La PNSST la promulgó la Presidenta M. Bachelet el año 2016.
El efecto de mantener esta distinción, en el caso de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales de los trabajadores protegidos por el Instituto de Seguridad Laboral (mutualidad del Estado), obliga a la calificación previa al otorgamiento de las prestaciones médicas, si se trata de un “obrero” o un “empleado”, dependiendo la preminencia del trabajo físico o intelectual.
En el caso de los obreros, ellos solo pueden acceder a la red pública de salud. En el caso de empleados, pueden ser atendidos en sector público o en mutualidades privadas.
El eje central de esta modificación es igualar derechos de trabajadores sin distinciones, en concreto equiparando condiciones de acceso a las atenciones médicas y al pago de licencias de la Ley 16.744.
“Esto para el país es una inmensa noticia, un avance en dignidad y justicia, ya que progresamos en un proyecto que llevó casi 20 años en ver la luz”. En esta línea destacó: “Quiero agradecer al Parlamento y la votación unánime que este proyecto de ley, lo que significa que este país es posible mirarlo con justicia y equidad en beneficio de otros, por ello, los invito a seguir construyendo el país que todos queremos”, concluyó la ministra Alejandra Krauss.
Denos su opinión