Los abogados de ANEF y ANFACH habían presentado ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso un Recurso de Apelación en contra de la resolución dictada por el Tribunal Laboral por prácticas antisindicales contra el Director del Servicio.
Fuerte revés sufrió decisión del Tribunal de Letras del Trabajo de Valparaíso que, después que se declarara incompetente ante la demanda interpuesta por Asociación Nacional de Funcionarios de Aduanas de Chile (ANFACH) por prácticas antisindicales contra el Director del Servicio, deberá dar tramitación correspondiente para determinar la naturaleza de los hechos.
La abogada demandante, de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF), Alejandra Miranda, apeló en la Corte de Apelaciones, y el fallo unánime fue que los Tribunales Laborales debían resolver las prácticas antisindicales denunciadas por la ANFACH, porque el procedimiento es también aplicable a las Asociaciones de Funcionarios Públicos.
Después de las movilizaciones y paro de funcionarios y funcionarias de Aduanas efectuadas entre el 24 de mayo y el 02 de junio del 2017, la ANFACH interpuso ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso una demanda por prácticas antisindicales contra el Director Nacional de Aduanas, Claudio Sepúlveda Valenzuela, quien aplicó contra los trabajadores movilizados medidas de represalia con anotaciones de deméritos injustificadas y amenazas de despidos contra el personal a contrata.
Un mes después, el mismo Tribunal Laboral decide no dar curso a la demanda indicando que los antecedentes y los documentos acompañados daban cuenta de una demanda de prácticas antisindicales en contra de un órgano público, declarándose incompetente para abordar estas materias.
Ante esto, y en base a la jurisprudencia existente, los abogados de ANEF y ANFACH presentaron ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso un Recurso de Apelación en contra de la resolución dictada por el Tribunal Laboral dando como resultado de ello, que el día 3 de Enero de 2018, la Corte de Apelaciones de resolviera que: “Según lo dispuesto en el artículo 1° inciso tercero del Código del Trabajo (…) Se declara que se deberá dar la tramitación correspondiente, a la demanda de autos, reservándose para su estudio de fondo la cuestión de determinar la naturaleza y efectividad de los hechos, así como el ámbito hasta donde resulte aplicable la legislación sobre protección sindical, a la entidad pública de que se trata”.
El presidente de la ANEF, Carlos Insunza, señaló que: “El fallo nos alegra profundamente y da cuenta de que la jurisprudencia de los tribunales, en términos de acoger y tramitar las denuncias por prácticas antisindicales que ocurren en los servicios públicos, pero en el marco general de los convenios internacionales suscritos en materia de libertad sindical por el Estado y la aplicación general de las normas del código del trabajo, da cuenta de la consolidación de un proceso de lucha para defender el ejercicio sindical de los y las trabajadores del Estado”.
En tanto, el presidente de la ANFACH, Marcelo Reyes, indicó: “La Corte acogió nuestro recurso de apelación y por lo tanto el Tribunal Laboral de la misma región va a tener que tramitar y desarrollar el juicio que ANFACH interpuso en contra del Director Nacional de Aduanas por prácticas antisindicales, que se efectuaron producto de las movilizaciones que se desarrollaron durante el año 2017. Estamos absolutamente conformes, porque el Tribunal Laboral, sí puede ver causas de los funcionarios públicos, situación que en principio la había negado”.
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