A medida que se van acortando los plazos y se acerca el plazo límite (diciembre) que los ministerios de Hacienda y de Trabajo consensuaron con la CUT en el protocolo de acuerdo del salario mínimo para la presentación de la reforma laboral, se van conociendo nuevos detalles del contenido que incluiría el proyecto de ley.
Según una minuta oficial que circula entre los privados sobre las bajadas de los titulares, el piso mínimo de la negociación colectiva que impulsaría el gobierno apunta a incluir los ingresos regulares, como el reajuste logrado por los trabajadores en la negociación reglada o semi reglada anterior. Vale decir, si el contrato vigente incorpora un reajuste de 5%, el incremento del nuevo contrato también deberá ser de al menos 5%.
También existe acuerdo en excluir del piso mínimo el monto de los llamados bonos por término de conflicto.
Sin embargo, se evalúan excepciones a la regla para que los empleadores sean excluidos de la obligación del piso en la nueva negociación.
Una oportunidad para la excepción apunta a condiciones económicas objetivas de la empresa, como un estado negativo de resultados o una fuerte desaceleración o crisis de la economía.
De acuerdo a los trascendidos, los fundamentos deberán ser alegados por el empleador ante una unidad de la Dirección del Trabajo (DT) o un árbitro tras la presentación del sindicato de la propuesta de nuevo contrato colectivo.
El subsecretario del Trabajo, Francisco Díaz, ha dicho que la Dirección del Trabajo jugará un rol importante en la implementación y fiscalización de los nuevos derechos colectivos que consagrará la reforma laboral. También precisó que la propuesta de fortalecimiento institucional del Servicio irá en otra iniciativa legal.
Las observaciones
Un representante del sector privado que ha visitado las oficinas de la ministra del Trabajo, Javiera Blanco, para interiorizarse de la reforma, confidenció que apoya la medida de exclusión extraordinaria de piso para los empleadores, pero plantea que el órgano de resolución de excepción debería estar radicado en un comité de expertos autónomo, y no en la DT.
En el marco de la ampliación del derecho a información, el Ministerio del Trabajo también analiza que las empresas entreguen a los sindicatos en el proceso de negociación datos sobre planes de inversión de mediano plazo, información tributaria y planillas de sueldos.
El traspaso de información debería realizarse bajo el deber de reserva y en caso de divulgación a terceros se establecerán sanciones para los dirigentes sindicales.
Aún no están zanjados los plazos que regirán para la entrega de la información corporativa.
Visión de las PYME
Los representantes de las pequeñas y las medianas empresas se han posicionado de forma crítica frente a las enmiendas que quiere introducir el gobierno al Libro IV del Código del Trabajo.
Conapyme alega que el régimen extraordinario con el que se busca excepcionar a las grandes empresas de las materias de piso, son la regla general en el caso de las PYME.
Ante ello, piden mantener el actual sistema o establecer que la reforma no se aplica a las firmas de menor tamaño.
En el caso de la ampliación del derecho de información en la negociación colectiva, la multigremial recordó que la reforma tributaria contempla un régimen especial impositivo para las PYME, en que las libera de llevar balance, inventario, estado de resultado, reajustabilidad y registros de utilidades.
Alegan que el fundamento de tal normativa fue precisamente que este tipo de empresas no soporta una mayor carga administrativa, sin tener la estructura, preparación, ni medios para ese propósito.
En ese contexto, una de las fórmulas que evalúa el Ejecutivo es aplicar de forma gradual las nuevas normas laborales en las PYME o darle un tratamiento especial.
Denos su opinión