Desde Falabella hasta el Sename: 16 empresas fueron sancionadas por prácticas antisindicales

La Dirección del Trabajo divulgó la lista de las empresas que tuvieron prácticas antisindicales o desleales durante el primer semestre del 2022, todo gracias a la activa participación del organismo fiscalizador. Las compañías condenadas quedarán excluidas de realizar negocios con el Estado por un periodo de dos años.

16 condenas se aplicaron por prácticas antisindicales y desleales a distintas empresas, como Falabella, Embotelladoras Andina, Sename y Tecnet, durante el primer semestre del 2022. Las causas son variadas, tales como reemplazar a trabajadores en huelga, ofrecer beneficios durante la negociación colectiva, separar ilegalmente a dirigentes sindicales, separar ilegalmente a trabajadores/as con fuero de negociación colectiva, otorgar o convenir con trabajadores no afiliados a la organización sindical beneficios similares a los pactados en un instrumento colectivo, no descontar ni enterar la cuota sindical y no reincorporar a trabajadores/as aforados/as ante requerimiento de la Inspección del Trabajo.

La nómina de las empresas sancionadas fue divulgada por la Dirección del Trabajo, quienes se encargan de registrar semestralmente y publicarlas, tal como lo indica el artículo 294 bis del Código del Trabajo. la lista de este año se asemeja mucho a la realizada el 2021 para el primer semestre, con un total de 17 compañías infraccionadas.

Monetariamente, las empresas fueron multadas por un total de 1.860 Unidades Tributarias Mensuales, que al valor de julio, suman $108.341.280. Además, cuando estas sanciones sean ejecutoriadas las empresas condenadas quedan excluidas durante dos años como proveedoras del sistema de compras públicas del Estado, es decir, no podrán hacer negocios. Esto porque la Ley 19.886 dice que las empresas condenadas quedan excluidas como proveedoras en el sistema de compras públicas.

El director del Trabajo, Pablo Zenteno, condenó la forma de actuar de las empresas sancionadas por la DT: “las prácticas antisindicales son absolutamente repudiables pues atentan contra uno de los derechos fundamentales clave de la legislación laboral, que es el de la libertad sindical o, dicho de otra forma, el derecho de trabajadores y trabajadoras a agruparse colectivamente en una organización formal que vele por sus intereses”. Además, destacó la labor del organismo al defender no solo a las y los trabajadores, sino que a los sindicatos: “Este es un rol que la Dirección del Trabajo asume como una de sus prioridades estratégicas, puesto que su misión no se limita a defender a trabajadoras y trabajadores ante eventuales vulneraciones a sus derechos individuales, sino que también vela porque las organizaciones sindicales cumplan sin obstáculos de ningún tipo su trascendental rol en defensa de los derechos de sus afiliadas y afiliados”.

Dentro de todas las empresas sancionadas, solo una se repite en la relación al año pasado, siendo la Corporación Educacional El Bosque, quienes fueron multados con 150 UTM por “separación ilegal de dirigentes sindicales”. La condena anterior le significó una multa de 100 UTM por “vulneración principio de buena fe durante el proceso de negociación colectiva”.

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