Con un contundente respaldo por parte de la Sala del Senado, el Congreso culminó el trámite del proyecto de acuerdo que aprueba el Convenio 190 sobre la violencia y el acoso, adoptado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) el 21 de junio de 2019.
Como CETRA, celebramos la ratificación de Chile del Convenio 190 OIT contra la violencia y el acoso en los espacios de trabajo. Saludamos, así mismo, a las organizaciones sindicales, dirigent@s y mujeres que incansablemente se movilizaron para lograr este importante hito para nuestro país: Confederación de Sindicatos del Comercio y Servicios Financieros, Federación Nacional Trabajadores/as Walmart, CUT, Fenpruss, ISP, Confusam, Anef y Federación Nacional de Trabajadores de Empresas Ripley, entre otras.
La aprobación coincidió con la conmemoración del Día Internacional de la Mujer y el debate fue seguido atentamente desde las tribunas por gran cantidad de mujeres pertenecientes a diversas organizaciones y asociaciones de trabajadores y trabajadoras tanto del sector público como privado, quienes celebraron la votación, al igual que la Ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara quien destacó la aprobación de esta iniciativa «en un día tan significativo» para los derechos de las mujeres.
Fueron los senadores Jaime Quintana y Luciano Cruz-Coke, presidentes de las comisiones de Relaciones Exteriores y de Trabajo y Previsión Social, respectivamente, quienes explicaron los principales alcances del instrumento internacional que busca establecer la protección de los trabajadores y de las trabajadoras del sector público y privado frente a la violencia y el acoso que ocurren durante el trabajo, en relación con el trabajo, o bien, como resultado del mismo.
Explicaron que el Convenio 190 señala que «la violencia y el acoso en el mundo del trabajo designa un conjunto de comportamientos y prácticas inaceptables, o de amenazas de tales comportamientos y prácticas, ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida, que tengan por objeto, que causen o sean susceptibles de causar, un daño psicológico, sexual o económico, e incluye la violencia y el acoso por razón de género».
Cabe recordar que se consagra que las disposiciones del Convenio deberán aplicarse por medio de la legislación nacional, así como a través de convenios colectivos o de otras medidas acordes con la práctica nacional, incluidas aquellas que amplían o adaptan medidas de seguridad y salud en el trabajo existentes para que abarquen la violencia y el acoso y aquellas que elaboran medidas específicas cuando sea necesario.
Fuente: El Periodista