Chile ratifica Convenio 190 de la OIT sobre violencia y acoso en el ámbito laboral

Con un contundente respaldo por parte de la Sala del Senado, el Congreso culminó el trámite del proyecto de acuerdo que aprueba el Convenio 190 sobre la violencia y el acoso, adoptado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) el 21 de junio de 2019.

Como  CETRA, celebramos la ratificación de Chile del Convenio 190 OIT contra la violencia y el acoso en los espacios de trabajo. Saludamos, así mismo,  a las organizaciones sindicales, dirigent@s y mujeres que incansablemente se movilizaron para lograr este importante hito para nuestro país: Confederación de Sindicatos del Comercio y Servicios Financieros, Federación Nacional Trabajadores/as Walmart, CUT, Fenpruss, ISP,  Confusam, Anef y Federación Nacional de Trabajadores de Empresas Ripley, entre otras

La aprobación coincidió con la conmemoración del Día Internacional de la Mujer y el debate fue seguido atentamente desde las tribunas por gran cantidad de mujeres pertenecientes a diversas organizaciones y asociaciones de trabajadores y trabajadoras tanto del sector público como privado, quienes celebraron la votación, al igual que la Ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara quien destacó la aprobación de esta iniciativa «en un día tan significativo» para los derechos de las mujeres.

Fueron los senadores Jaime Quintana y Luciano Cruz-Coke, presidentes de las comisiones de Relaciones Exteriores y de Trabajo y Previsión Social, respectivamente, quienes explicaron los principales alcances del instrumento internacional que busca establecer la protección de los trabajadores y de las trabajadoras del sector público y privado frente a la violencia y el acoso que ocurren durante el trabajo, en relación con el trabajo, o bien, como resultado del mismo.

Explicaron que el Convenio 190 señala que «la violencia y el acoso en el mundo del trabajo designa un conjunto de comportamientos y prácticas inaceptables, o de amenazas de tales comportamientos y prácticas, ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida, que tengan por objeto, que causen o sean susceptibles de causar, un daño psicológico, sexual o económico, e incluye la violencia y el acoso por razón de género».

Cabe recordar que se consagra que las disposiciones del Convenio deberán aplicarse por medio de la legislación nacional, así como a través de convenios colectivos o de otras medidas acordes con la práctica nacional, incluidas aquellas que amplían o adaptan medidas de seguridad y salud en el trabajo existentes para que abarquen la violencia y el acoso y aquellas que elaboran medidas específicas cuando sea necesario.

Fuente: El Periodista