Por: Mario Parada Lezcano
Con una serie de medidas de emergencia, el gobierno busca en estos días moderar la crítica situación financiera que enfrentan las compañías privadas de salud. Sin embargo, observa el autor de esta columna para CIPER, existe una esencial contradicción en que frente a un fallo judicial que condenó el encarecimiento de los planes a pacientes se proponga, precisamente, la subida en el precio de estos.
«Acá tenemos que lograr una combinación, un equilibrio que asegure la continuidad, porque lo primero es el bienestar de los pacientes, tanto del sistema privado como del sistema público». Las palabras del presidente Boric esta semana fueron parte del anuncio de su gobierno en torno a la crítica situación financiera de las isapres producto de la aplicación del fallo de la Corte Suprema en relación a alzas indebidas, especialmente por la prima GES [ver cobertura previa de este tema en CIPER-Opinión]. Entre otras medidas, la Ministra de Salud, Ximena Aguilera [foto superior], confirmó que se adelantará en el tiempo (de julio a abril de 2024) el que estas empresas puedan subir los precios de los planes de las personas, paliando así en parte la situación que enfrentan.
Hay, a nuestro juicio, tres problemas fundamentales de esta medida: práctico, jurídico y ético.
Para salvar la situación generada por cobros excesivos, cuestión fuera de toda duda luego del fallo judicial, se le permitirá a la industria adelantar el momento de subir los precios base de los planes y aplicar un cálculo diferente del Indicador de Costos de la Salud – ICSA. No sólo se permitirá que las isapres adelanten la fecha en que pueden realizar estos aumentos de precios de los planes (de julio a abril) para pagar la deuda generada por cobros excesivos a estos mismos beneficiarios, sino que, además —y aquí está la situación que nos permitirá llamarles «nuevos aumentos excesivos»—, incluiría formas de cálculo de dichos aumentos [ver carta de David Debrott en CIPER] que oscilarían entre 12% y 94% del precio base (manipulando el Indicador de Costos de la Salud – ICSA).
Suena como una paradoja brutal, y efectivamente lo es. Lo anterior implica una subida del precio mucho mayor para todos aquellas personas que tienen en su «tabla de riesgo por edad» vigente factores sobre el valor 1,0. Por ejemplo, en el caso extremo de una persona que esté en una isapre en que le aumenten en 94% el precio base de su plan (casi un 100%) y además está con un factor de riesgo de 2,0 por ser adulto mayor, el aumento de 94% se multiplica por dos veces; o sea, esa persona podría tener, a partir de abril de 2024, alzas realmente insólitas en el precio de su plan (casi 300%).
Por otra parte, está la continuación de la judicialización a pesar de las nuevas medidas, ya que aun suponiendo que las personas beneficiarias no van a reclamar por esta nueva alza de precios, todas las posibles soluciones que están en carpeta mantienen el problema de la inconstitucionalidad del funcionamiento de las isapres. Recordemos que todos los escenarios hasta ahora no toman en cuenta la discriminación por edad que de acuerdo al fallo del Tribunal Constitucional de 2010 hace que la industria completa esté fuera de la Constitución vigente.
El último problema es un evidente conflicto de intereses, ya que la mayoría de los actores sociales y políticos abocados a buscar salidas para que las isapres se mantengan son beneficiarios de este sistema. Recordemos que el ex Primer Ministro del Reino Unido, Boris Johnson, abogó alguna vez por el fortalecimiento del National Health Service en el cual fue atendido cuando estuvo grave por la pandemia, pero en tal caso se trataba de un servicio público y universal, que no ejerce discriminaciones por edad, sexo, estado de salud ni etnia. En el caso chileno, en cambio, las autoridades se encuentran defendiendo a un sistema que atiende a la población con más recursos, dentro de un marco que no acoge el principio de solidaridad de la seguridad social. Recién durante la semana el superintendente Torres puso sobre la mesa la opción que habitualmente se utiliza frente a empresas en riesgo de quiebra, que es aumentar el capital desde el patrimonio de sus dueños (una alternativa que no ha estado en discusión, y que incluso la ministra ha descartado, al abogar por una «ley cortísima» para la coyuntura actual).
Por último, es importante recordar que hasta la fecha no hay estudios serios que apoyen ni refuten la hipótesis de una catástrofe ante una quiebra masiva de las isapres, pese a que en los medios masivos y en el debate público tal escenario se presenta como verdad irrefutable, e incluso ahora el Presidente Boric insiste en que eso es «lo que se quiere evitar». El negocio de los prestadores privados con fines de lucro no solo depende de las isapres, sino también de Fonasa, de otras aseguradoras de salud y del gasto de bolsillo de las personas. Los beneficiarios de isapres seguirán pagando por atenderse, aunque sea un poco más que ahora. El grupo de personas que sí puede verse afectado en su atención de manera preocupante es aquel compuesto por pacientes con enfermedades crónicas graves, y que hoy aparecen «cautivas» de un prestador. En el caso de un quiebre total y al unísono del sistema, es innegable que se deberían buscar soluciones específicas para ello/as. Soluciones que deberían ser implementadas también para beneficiarios de Fonasa en las mismas condiciones, considerando un avance sin más discriminaciones ni inequidades.
Fuente: CIPER