Busca “ser un aporte para una formulación colectiva de la Nueva Mayoría”. Así define el diputado del Partido Comunista (PC), Lautaro Carmona, el documento elaborado por cinco abogados cercanos a la colectividad, que pretende entregar insumos al gobierno para la difícil tarea de “reequilibrar” la reforma laboral. Esto, luego del fallo del Tribunal Constitucional (TC) que eliminó la titularidad sindical y la extensión de beneficios por afiliación al sindicato.
Los juristas advierten que “de promulgarse el proyecto en sus condiciones actuales, sobrevive el artículo que regula las materias de la negociación colectiva, como remuneraciones, beneficios, extensión de beneficios y pactos de adaptabilidad, sin distinguir a qué tipo de negociación se refiere, ya sea reglada, no reglada o semi-reglada”.
Por eso, agregan, “al declararse inconstitucionales los artículo 6, de contrato colectivo; 303, de negociación colectiva; 315, de negociación semi-reglada; 321, de instrumentos colectivos; y 328, de negociación colectiva reglada, se puede interpretar que grupos negociadores y sindicatos pueden negociar todas esas materias, sin distinción”.
Debido a esto, la recomendación de los abogados es aprobar el veto presidencial “para posteriormente iniciar la fase de una reforma constitucional y/o una ley corta”.
El uso del veto, según concluyen, es instrumental para evitar que la titularidad de la adaptabilidad pactada alcance a los grupos negociadores y “ganar tiempo” para una reforma constitucional que modifique el inciso quinto del artículo 19 N°16 de la Constitución, que consagre la titularidad sindical, estableciendo que la negociación colectiva es un derecho que los trabajadores ejercen “especialmente representados por sus organizaciones permanentes, denominadas sindicatos”.
Una ley corta complementaria debería -según el documento- aumentar los requisitos para la negociación colectiva de los grupos de trabajadores, en lo relativo a quórum y votaciones ante ministros de fe. También disminuir sus prerrogativas, como fueros, extensión de beneficios y pactos de adaptabilidad; y reconocerle el derecho a la huelga.
El proyecto tendría, además, que disminuir los requisitos para la negociación colectiva de los sindicatos, como eliminar el quórum habilitante; y otorgar materias y prerrogativas especiales, como extensión, adaptabilidad pactada y fueros.
La ley corta, a juicio de los abogados cercanos al PC, debe modificar algunas disposiciones, para adaptar la reforma laboral con el pronunciamiento del TC en materia de huelga, en relación a que éste es un derecho fundamental de los trabajadores, que no puede ser afectado en su esencia.
Esto, gracias a que el TC “no niega la facultad que tiene el legislador de ‘regular’ la negociación colectiva, sino que cuestiona que, con esa atribución, se afecte (prohíba) la titularidad de los trabajadores individualmente considerados”. Tampoco “impide que el legislador entregue ‘ciertas ventajas’ o prerrogativas a los sindicatos, para que no se sean menoscabados por grupos negociadores, siempre y cuando éstas no transgredan derechos constitucionales”, como el derecho a la negociación colectiva y la huelga.
Así, subraya el documento que será analizado por la comisión política y la bancada parlamentaria del PC, “se deberían acotar los servicios mínimos; y eliminar el descuelgue, la votación de la huelga a solicitud del empleador, el reemplazo de trabajadores subcontratistas y el polémico concepto de adecuaciones necesarias”.
Como la huelga es un derecho de los trabajadores, éste se ejerce en la defensa de sus intereses. De esta manera, enfatiza el informe, la ley corta debería ampliar su ámbito de ejercicio “más allá de la negociación colectiva”, tal y como lo resolvió la Corte Suprema, en marzo de este año.
“Espero que estas propuestas sean consideradas por el gobierno, ya que el propio Ejecutivo fue sorprendido por el TC, con la titularidad sindical”, expresó el diputado Carmona.
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