El Cartel del Pollo

El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) desarticuló el gremio de los pollos y aplicó la multa más grande de la historia. En forma unánime acogió el requerimiento presentado por la Fiscalía Nacional Económica (FNE) en 2011 en el caso de la colusión en el mercado de los pollos y aplicó una multa histórica de US$ 60 millones a Agrosuper, Ariztía y Don Pollo.

Agrosuper y Ariztía deben pagar la multa máxima establecida por la ley, correspondiente a US$ 25 millones cada uno, en tanto que Don Pollo deberá pagar una multa de US$10 millones.

Los ex ministros del tribunal Andrea Butelmann y Radoslav Depolo estuvieron por imponer a Don Pollo una multa similar a la que se le aplicó a Agrosuper y Ariztía y obligar a todas las avícolas requeridas “a consultar previamente cualquier operación de concentración en este mercado en la que participen así como su participación en nuevas asociaciones gremiales; y, obligarlas a someterse a un programa de cumplimiento de la normativa de defensa de la libre competencia por 5 años”.

En la FNE dijeron estar “enormemente satisfechos con la sentencia del TDLC. Este ha sido, a nuestro juicio, el cartel más grande que el sistema de libre competencia haya tratado de desbaratar en Chile, desde su creación en 1959?.

Pero agregó que hay que hacer cambios con el fin de que las sanciones sean más disuasivas para evitar los carteles.

Un abogado experto en el tema describe el fallo como “duro y contundente” y que deja muy mal parado al informe que presentaron las empresas en su defensa.

En un comunicado, el TDLC dijo que las tres empresas “se coludieron acordando limitar la producción de carne de pollo ofrecida al mercado nacional y asignándose cuotas en el mercado de producción y comercialización de dicho producto”.

Agrega que “existe abundante evidencia de que las avícolas requeridas, mediante las proyecciones de demanda elaboradas en conjunto con la APA, perseguían al rango en el que pretendían que fluctuaran los precios de la carne de pollo, a través de la definición coordinada de un determinado nivel de producción. Este último ejercicio constituyó a todas luces una colusión, entendida como un acuerdo respecto de la cantidad a producir, con miras a alcanzar determinados precios o rangos de precios, restringiendo o suprimiendo la competencia entre sus partícipes. Durante cada año, el acuerdo fue controlado o ajustado mediante sugerencias de carga, matanza de crías u otras políticas o mecanismos coordinados”.

El tribunal ordenó la disolución de la Asociación de Productores Avícolas (APA), ya que esta fue la que coordinaba y fiscalizaba el acuerdo.

Las tres empresas tienen más del 80% del mercado nacional.

Un ex miembro del tribunal dice que ejecutado el fallo y si la Corte Suprema lo ratifica, se vendrán acciones civiles que podrían resultar en que los montos de las multas se doblen.

Ni la CPC ni la Sofofa quisieron emitir su opinión tras el fallo.

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