Trabajadores a honorarios en el sector público

El gran desafio de nuestro tiempo es lograr que lo cultural influya en lo social y active lo político y lo económico, para que de esta manera se logren los recursos necesarios que generen la estabilidad requerida para que las personas que trabajan a honorarios en el sector público chileno, obtengan la calidad de trabajadores del estado en plenitud.

Debemos recalcar los números dentro de nuestra democracia, y nos referiremos sólo al sector de la administración central del Estado: la DIPRES señala que el grupo de funcionarios a honorarios pasó de 11.694 personas en 2004, a casi 31.000 en lo que va de 2014.

En plena democracia existen leyes que benefician a un sector de los trabajadores, y a otros no, llegando a provocar incluso a vulnerar los DD.HH. dentro de nuestro país.

Otro punto es que las mujeres que no tienen el derecho de maternidad que garantiza la Ley 20.545 (“Protección a la Maternidad”)

¿Cómo la ley protege la maternidad? Otorga derechos de descanso, subsidios y fueros a todas las trabajadoras embarazadas. Otorga a los padres trabajadores un descanso por nacimiento del hijo, y derechos y subsidios para la trabajadora o trabajador que tenga a su cuidado a un menor, entre otros.

  • Prenatal: seis semanas (45 días) antes del parto.
  • Postnatal: doce semanas después del parto (trabajadoras a honorarios dependen de la voluntad de su empleador y solo llegan a los 3 meses como máximo)
  • Postnatal parental: doce o dieciocho semanas (dependiendo de si la madre se queda en casa o si regresa a trabajar por media jornada) después del postnatal recién mencionado.

Y las trabajadoras a honorarios sin derecho al Postnatal.

El contrato de prestación de servicios, a través de la emisión de boletas de honorarios, se ha convertido en un contrato de trabajo disfrazado, un verdadero “arbolito de pascua” de donde cuelgan la denigración, el vacío legal y el desamparo para miles de trabajadores públicos. Personas que son obligadas a cumplir horarios de trabajo, más allá de las horas permitidas por la ley; no desarrollan labores por producto como es la naturaleza de este vínculo laboral; no tienen una jornada de trabajo clara que deban cumplir; y no gozan de ningún beneficio que el Código del Trabajo -o el estatuto administrativo- entrega a los funcionarios públicos.

Sin derecho a licencias médicas o por tiempo definido, incluso sólo 7 días en el año. Sin vacaciones. Sin horas extra. Sin PMG. Meses sin remuneraciones. Sin estabilidad laboral y económica, tanto para el trabajador como para su familia.

Es tiempo de lograr una nueva transformación en nuestra sociedad. Tanto el Estado como nosotros hemos sido culpables que estas desigualdades trascendieran en el tiempo.

Fuente: El Quinto Poder

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