Con esto, la normativa pasará a la propuesta de texto constitucional a votarse en el próximo plebiscito de salida.
«Toda persona, natural o jurídica, tiene derecho a la libertad de expresión y opinión, en cualquier forma y por cualquier medio», señala la norma.
El Pleno de la Convención Constitucional aprobó parte del artículo que consagra la libertad de expresión.
Con esto, la normativa pasará a la propuesta de texto constitucional a votarse en el próximo plebiscito de salida.
De esta manera, el proyecto de nuevo texto constitucional señalará que «toda persona, natural o jurídica, tiene derecho a la libertad de expresión y opinión, en cualquier forma y por cualquier medio«, lo que comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole.
Además, la norma establece que «no existirá censura previa«, sino únicamente las responsabilidades que determine la ley.
Sin embargo, por no alcanzar dos tercios de los votos, tiene que volver a comisión para un nuevo informe el inciso ue señala que la «ley tiene que adoptar las medidas necesarias para asegurar el pluralismo en los medios de comunicación» y el inciso que indica que el «Estado deberá tomar las medidas destinadas a eliminar el discurso xenófobo, la apología de odio, racial, religioso, sexual o de género«.
La convencional y periodista Patricia Politzer (Independientes No Neutrales) fue la que abogó por no aprobar específicamente estos incisos, señalando que «se trata de una norma loable que busca erradicar manifestaciones inaceptables y perversas que afectan directamente a los derechos humanos y que conozco en carne propia«.
«Dan ganas de aplicarla frente a discurso que escuchamos incluso en este pleno, sin embargo, esta regla ha demostrado ser totalmente ineficaz a la luz del renacimiento de los movimientos neo nazi. Más aún, con esas buenas intenciones se corre el riesgo de abrir rendijas por las que se colará rápidamente la censura«, advirtió.
Por su parte, el convencional evangélico Cristóbal Andrade (ex Lista del Pueblo), destacó que con este artículo, «ninguna religión es la oficial del Estado, con esto, hacemos mención al Estado laico, sin prejuicio del libre ejercicio en el espacio público o privado. Esto permite ir a las cárceles, hospitales u hogares de ancianos, que es una característica de la religión».
A su vez, resaltó que el último inciso del artículo establezca «la transparencia de los dineros que se manejan en las agrupaciones religiosas, las cuales deben ser sin fines de lucro, y así poder terminar con el comercio, que algunos mal usan y abusan en ese ámbito».
SE APROBÓ LA «LIBERTAD DE EMPRENDER»
Además, fue aprobado, despachado e incorporado al texto constitucional el artículo 14 del informe de la Comisión de Derechos Fundamentales, que consagra la «Libertad de emprender y desarrollar actividades económicas«, cuyo ejercicio deberá ser compatible con la protección de la naturaleza.
La norma agrega que «las prácticas de colusión entre empresas y abusas de posición monpólica» se enterán como conductas contrarias al interés social.