En el Palacio de La Moneda, la ministra del Trabajo y Previsión Social, Javiera Blanco, junto con el director del Trabajo, Christian Melis, dio a conocer cómo deberán ser registrados electrónicamente los contratos de las trabajadoras de casa particular, exigencia impuesta por la nueva ley que rige al sector y que mejora las condiciones en este ámbito.
En el sitio web www.direcciondeltrabajo.cl , hay un banner titulado «registro contrato trabajador de casa particular». Al ingresar se podrá acceder al formulario de registro de contrato, a los modelos de contrato -puertas afueras y adentro-, a las normas del contrato, al contenido de la ley y preguntas frecuentes.
La principal obligación, desde el 1 de enero, es que el contrato deberá ser escriturado, firmado por ambas partes, quedándose cada uno con una copia, y registrado ante una inspección o en el sitio web dentro de los 15 días siguientes al comienzo de las labores. Pasado este plazo, se multará al empleador y se presumirá legalmente que son estipulaciones del contrato aquellas declaradas por la trabajadora.
En el caso de hacer un mal registro del contrato se arriesga una multa de entre 1 UTM ($43.198) y 9 UTM. Por no inscribir el contrato se puede recibir una multa de entre 3 y 9 UTM.
Las disposiciones del contrato son el tipo de labor por realizar, el domicilio en donde se prestará el servicio y si la trabajadora deberá o no cuidar personas que requieran especial atención.
Melis señaló que la obligación del registro de contratos facilitará la fiscalización al generarse una base de datos cuantificable y controlable, aunque el ingreso al lugar de trabajo depende de la voluntad de la empleadora.
Blanco aseguró que gracias a la aprobación del presupuesto que permitirá modernizar distintas áreas del ministerio, en 2015 se incorporarán 100 nuevos fiscalizadores a la Inspección del Trabajo. «Ellos son quienes nos permiten que estas normas se hagan realidad», afirmó.
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