Las distintas miradas de abogados que analizan la existencia de prisioneros calificados de políticos en el país hace más de dos años. El tema se tomó la agenda y se transformó en un tema de definición de principios para el gobierno.
La existencia o no de presos políticos en Chile, se tomó el debate en las últimas semanas luego de las declaraciones de la Ministra de Desarrollo Social, Jeannette Vega, en un programa de televisión. “Existen los presos políticos, sin duda. Puedo poner ejemplos. Los chicos que están presos en prisión preventiva desde el estallido, que llevan incluso algunos dos años. Si no son presos políticos, ¿entonces qué son?”. Bastó esta frase para que se desatara la “crisis política”.
La arremetida de derecha y los medios fue feroz y la secretaria de Estado tuvo que rectificar sus palabras: “Hay personas presas por delitos cometidos en contexto político, pero eso no es lo mismo que haya personas presas por sus ideas. En ese sentido no cabe hoy hablar de presos políticos. Debí diferenciar y evitar mal entendido”. Fue así que terminó asumiendo la línea oficial de un gobierno que le resulta más cómodo retroceder que seguir de acuerdo a lo que en algún momento planteó.
Seguramente el debate continuará porque hay expertos de uno y otro lado que mantienen sus posiciones según la formación y el prisma cómo analizan cada caso, en un contexto donde el gobierno ya tomó partido. Lo concreto es que en el país, las detenciones se produjeron en un contexto de conflicto social y político y de graves violaciones a los derechos humanos.
El experto en Derecho Internacional y académico de la Universidad Central, Edgardo Riveros, afirma que “una persona que está privada de libertad en razón de sus ideas no cabe duda que cabe dentro de la conceptualización de preso político. Una persona que está privada de libertad exclusivamente por hacer uso de su libertad de expresión, cualquiera sea la idea que profese. Por eso también se tiende un concepto de esta naturaleza no sólo a la política sino que también a otras expresiones como las religiosas. También se habla de presos de conciencia porque tiene que ver con la manifestación de determinadas ideas en el ámbito público o por cualquier vía”
Riveros precisó que este concepto va de la mano de otros principios de derechos humanos como son libertad de expresión, la libertad de prensa, el entregar y recibir libremente información. Es decir, una persona que en razón de estos principios y está privada de libertad cabe en el concepto de preso político y por tanto, es una persona que no ha cometido delitos comunes.
El experto señala que no es “aceptable la noción de preso político de una persona que comete delitos comunes amparado o en razón de objetivos políticos. Esto tampoco uno podría establecerlo como un elemento que cumple con el parámetro esencial de a quién considerar una persona que está en condiciones de preso por razones políticas o de conciencia”
El profesional añadió que “esto ocurre normalmente en los estados donde no impera el estado derecho, donde no hay tribunales independientes o hay gobiernos de facto que controlan el poder en su totalidad o los que no siendo de facto, hacen que los tribunales de justicia no actúen con la plena independencia y tengan el control total de ellos y por lo tanto, cruzan la barrera de la persecución de los delitos comunes y entren en la esfera de perseguir a la persona por sus ideas políticas”
Respecto de detenciones irregulares, con medidas cautelares abusivas, como denuncian organismos de derechos humanos y familiares de los detenidos en el marco del estallido social, Riveros afirma que esos son los elementos que los tribunales de justicia deben ponderar y responder, “particularmente si una persona que ha estado privada de libertad por un tiempo prolongado, luego es exonerado de responsabilidad y es declarado por lo tanto no sancionable por la ley. En ese caso tiene que operar otro tipo de compensaciones a una persona que ha sido privada de libertad sin que haya razón para ello”.
“La motivación política por cometer un delito común, no transforma a una persona privada de libertad por razones políticas, sino por el hecho de haber cometido un delito común. Otra cosa por cierto importante, es que esa persona esté sometida a un debido proceso y eso en un estado derecho es fundamental y el debido proceso tiene principios y normas claras que debe ser respetadas”.
Una opinión distinta sobre la existencia de presos políticos en el país tiene el abogado de la Defensoría Popular, Rodrigo Román.
El profesional considera que “esta es una polémica artificial. Es una falsa contradicción porque bien lo saben los gobernantes que hoy día se desdicen, bien lo saben los poderosos que la doctrina mayoritariamente se ha uniformado en torno a señalar que a lo menos serían delitos conexos porque si bien podría ser delitos comunes, pero por las motivaciones políticas es prisión política”.
Agregó que lo característico es que no hay “ningún Estado en el mundo, en la historia de la humanidad, que haya reconocido la prisión política, porque todos los Estados como este se dicen estados democráticos de derecho y en el fondo lo que tenemos en Chile es que, pensando en los presos políticos de la revuelta, efectivamente toda la muchachada que estuvo en prisión o que sigue en prisión o detención domiciliaria, son todas prisión política y por tanto, la clase política está al debe, porque todos hicieron campaña en torno a aquello, en la Convención y para el gobierno, pero hora si te he visto no me acuerdo”.
Román afirmó que “este es un falso relato de los poderosos a instancia de lo más fervorosos partidarios de la prisión política que son siempre los grupos más reaccionarios”.
El profesional afirmó que no se puede desconocer que en la doctrina está expresado que “estos delitos, que si bien pueden ser comunes, están cometidos por motivaciones políticas y son delitos conexos y en conclusión, son delitos políticos y eso está más o menos aceptado en la doctrina universal”.
Román afirmó que en el caso de los presos mapuches, son presos políticos porque “todas las veces que se aplique el derecho penal político como Ley de Control de Armas, Ley Antiterrorista y Ley de Seguridad Interior del Estado, la consecuencia es la prisión política”.
Lo preocupante, dijo el abogado es que “a través de los medios de comunicación se instala un falso relato de los grupos poderosos. Y cuando hablo de grupo poderoso no me refiero solamente a los ricos, sino a la clase política que ha sostenido un modelo de injusticia de los últimos 30, 40 años. Todos ellos ponen en duda la existencia de los presos políticos porque moralmente no le es posible tener una actitud distinta”.
Finalmente Román afirmó que la “intervención que ha tenido el Estado y gobierno de Chile, ha sido de una activa posición como querellante siempre desde el Ministerio del Interior. Incluso los que prometieron que iban hacer una de las tantas cosas, es que iba a haber una política distinta, pero hemos visto que a partir del 11 de marzo en algunos casos son los mismos abogados del Ministerio del Interior del gobierno de Piñera, y los nuevos tienen la misma actitud criminalizadora con los muchachos, al momento de pedir prisiones preventivas y pedir penas abusivas”
Mientras el debate sobre la existencia o no de presos políticos sigue, un grupo de jóvenes se mantiene en prisión preventiva hace dos años, con juicios irregulares y con dudosas pruebas, a la espera de un decisión política que termine con la situación que están viviendo. Fueron parte de los miles de chilenos y chilenas que un día salieron a las calles a protestar para cambiar el país y alcanzar la anhelada dignidad para todos y todas.
Fuente: Radio Universidad de Chile