Por Camila Maturana Kesten, abogada feminista de la Universidad Católica de Valparaíso.
La Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley respectivo que, en primer trámite constitucional, representa un paso significativo en el camino de reparar la deuda que ha mantenido el Estado de Chile con las mujeres desde la recuperación de la democracia.
La criminalización total del aborto, herencia de la dictadura cívico militar, constituye un grave atentado a la dignidad y los derechos de las mujeres y por eso los organismos internacionales de derechos humanos de Naciones Unidas, desde hace casi dos décadas, vienen reprochando su vigencia y señalando a las autoridades la necesidad de reformar la ley punitiva y garantizar la confidencialidad de la atención médica.
Al menos en las tres situaciones más dramáticas y urgentes en que puede encontrarse una mujer embarazada, el parlamento avanza en la senda correcta. Dejar de imponer el embarazo y maternidad forzada bajo la amenaza del castigo penal, que Naciones Unidas califica derechamente como tortura, y en lugar de ello permitir a quienes han sido violadas, se encuentran en riesgo vital o cursan un embarazo inviable decidir si continuar o no el embarazo. Para tomar esta decisión se les ofrece acompañamiento e información y quienes deciden interrumpirlo contarán con la debida atención de salud.
Sin embargo, durante la discusión legislativa y en la votación del 17 de marzo, numerosas falencias quedaron de manifiesto debido a que un sector importante del Parlamento resiste reconocer a las mujeres como sujetas de derechos y ciudadanas plenas. Ello aun a contracorriente de la demanda de la ciudadanía por leyes que protejan sus derechos.
Demanda que por lo demás, las y los congresistas conocen pues numerosas encuestas de opinión dan cuenta de más de un 70% de apoyo a la legalización del aborto en caso de violación, inviabilidad y por razones terapéuticas. Incluso, previo a la votación de la Sala se entregaron al Presidente de la Cámara de Diputados más de 55.000 firmas en respaldo a la ley que el Congreso debate.
De acuerdo al texto aprobado por la Cámara de Diputados –que se espera sea corregido en el Senado– el Estado de Chile seguiría vulnerando la confidencialidad de la atención médica a las mujeres que presentan complicaciones derivadas de abortos clandestinos.
Pese al categórico reproche que el Comité contra la Tortura de Naciones Unidas mantiene por años frente a las normas que imponen la denuncia de las mujeres que acuden a clínicas y hospitales, por vulnerar la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (ratificada por Chile en 1988), el Parlamento chileno se desentiende de esta obligación y por 57 votos en contra y 51 a favor, se rechazó la norma propuesta en el Mensaje Presidencial que suprimía la obligación de denunciar y garantizaba la primacía de la confidencialidad de la atención a las mujeres.
En tanto, la regulación propuesta por el Mensaje respecto de la causal violación se orientaba a resguardar la atención de salud que las mujeres requieren, separando el ámbito médico de cualquier consideración policial o judicial. Ello fue duramente resistido por gran parte de los/as legisladores/as, inclusive oficialistas, que en términos sutiles algunos o derechamente groseros otros, lograron instalar sobre la mesa la desconfianza en la palabra de las mujeres.
Lo anterior, sin la más mínima consideración frente a las miles de víctimas de la violencia sexual y las profundas secuelas que derivan de tan gravísimo atentado. En numerosas oportunidades congresistas insistieron en la imposibilidad o inconveniencia de creerle a una mujer que dice haber sido violada. De ahí que incorporaron al Código Sanitario normas de índole policial, imponiendo a los equipos de salud transgredir la privacidad de las mujeres que atienden.
Aun si una mujer adulta decide no denunciar ni exponer la violencia sexual que ha sufrido, igualmente ello debe ser comunicado al Ministerio Público para que investigue. Puesto que se trata de mujeres adultas, desde ningún punto de vista puede considerarse que esta norma contribuye a la protección de sus derechos ni a mejorar la calidad de la atención de salud, que es lo que la normativa sanitaria debiera regular.
Igualmente deberá ser corregida en el Senado la desprotección en que quedan las niñas menores de 14 años cuando decidan interrumpir un embarazo y no cuenten con el respaldo de sus representantes legales. El proyecto tramitado contemplaba una pormenorizada regulación de la autorización judicial subsidiaria frente a la falta de autorización del representante legal, precisamente en la línea de la protección del interés superior de las niñas y su autonomía progresiva.
Pese al amplio respaldo que esta norma concitó en la Cámara de Diputados, los 66 votos a favor (frente a 39 en contra y tres abstenciones) no lograron superar la barrera del quórum de ley orgánica constitucional y quedó fuera del proyecto, al menos hasta que en la Cámara Alta se reponga.
Asimismo, preocupa que con el apoyo de gran parte de la bancada DC, la oposición lograra la aprobación de una norma que prohíbe la “publicidad” de centros, establecimientos, servicios, prestaciones o procedimientos para la interrupción del embarazo en las tres causales. Ello evidentemente obstaculizará que las mujeres, adolescentes y niñas que requieren atención en estas graves situaciones, puedan acceder a la información necesaria de manera oportuna.
A lo anterior, se agrega la estricta regulación de la causal violación, que impone limitados plazos para acceder a la interrupción, 12 semanas a adolescentes y mujeres adultas y 14 semanas a las niñas, desatendiendo con ello toda la evidencia presentada durante el debate ante la Comisión de Salud en orden a la tardía detección del embarazo en niñas y adolescentes, especialmente cuando la violencia sexual es crónica, como en la inmensa mayoría de los casos.
Despachado el proyecto por la Cámara de Diputados, corresponde al Senado atender a las demandas de la ciudadanía y corregir las falencias que todavía presenta la propuesta.
En un Estado democrático de derecho, laico por lo demás, los congresistas legislan para proteger los derechos de los y las ciudadanas a quienes representan, y no para imponer ciertas creencias o valores morales y religiosos.
En esta como en toda legislación debe resguardarse la dignidad y los derechos de las mujeres. Los y las parlamentarias han sido elegidos/as para ello.
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