El grupo expone que el proyecto «acoge una demanda histórica del gran empresariado al introducir flexibilidad laboral por medio de pactos sobre jornadas y descanso, los que se podrán acordar con sindicatos tan débiles hoy como ayer. Tan modernas serán nuestras relaciones laborales gracias a la reforma que habrá personas que podrán trabajar hasta doce horas diarias efectivas, en cualquier tipo de actividad». Un grupo transversal de personas ligadas al mundo del trabajo y del derecho firmaron una carta en la que critican y rechazan la reforma laboral que impulsa el gobierno, ya que a su juicio es un «retroceso en los derechos del mundo sindical».
En la misiva, los que suscriben mencionan que «la Reforma Laboral del gobierno es un retroceso en los derechos del mundo sindical y una profundización en el sistema de relaciones laborales diseñado en dictadura por José Piñera».
En ese sentido, exponen que el proyecto «acoge una demanda histórica del gran empresariado al introducir flexibilidad laboral por medio de pactos sobre jornadas y descanso, los que se podrán acordar con sindicatos tan débiles hoy como ayer. Tan modernas serán nuestras relaciones laborales gracias a la reforma que habrá personas que podrán trabajar hasta doce horas diarias efectivas, en cualquier tipo de actividad».
También explican que los sindicatos seguirán siendo débiles, puesto que «la norma más relevante de la reforma: el cumplimiento de la promesa hecha en el programa de Patricio Aylwin en 1989 de prohibir el reemplazo en la huelga, una vez más fue incumplida, tarea en la que el gobierno desde un inicio puso todo su empeño e incluso creatividad. Tras varias propuestas de redacción, con la norma recién aprobada el empleador en caso de huelga tendrá derecho a realizar “adecuaciones necesarias” en la empresa y modificaciones de turno. De esta forma, lo que debía ser simplemente una prohibición se transformó en un espacio de interpretación sobre lo que es o no reemplazo interno, cuestión que en definitiva deberá dilucidar un juez. Como se ha dicho, se prometió un derecho para los trabajadores y se otorga un juicio de resultado obviamente incierto».
Agregan que el punto de los «servicios mínimos» que debe entregar el sindicato huelguista para «proteger los bienes corporales e instalaciones de la empresa» es una invención chilena, ya que «consagró que el sindicato que pretende ejercer su derecho fundamental de huelga, deba contribuir a la protección de la propiedad del empleador. El debate sobre esta norma que define las posibilidades de eficacia del ejercicio del derecho de huelga, es otro juicio seguro para el sindicato».
Los firmantes exponen que continuarán los sindicatos que existan y que puedan llevar sus problemas a los tribunales, «dado que seguirán careciendo del poder negociador que depende de tener un derecho de huelga eficaz. Sin embargo, otro legado de la reforma es que hoy será más difícil constituir un sindicato ya que no bastarán 8 trabajadores como exige la ley vigente, sino que esos 8 trabajadores representen al 50% de los trabajadores de la empresa, por lo que en muchas realidades productivas simplemente desaparecerá el sindicato, no habrá posibilidad alguna de ejercer el más mínimo derecho vinculado a la libertad sindical».
«Sólo nos queda valorar el que gracias a este año y tres meses de debate y análisis sobre el sindicato, tenemos a un sindicalismo más reflexivo e informado de la postergación política de las que, una vez más, han sido objeto en esta reforma», sostienen.
Además, explican que se han querido centrar en estos aspectos «para mostrar que no se trata de cuestiones técnicamente complejas de entender –no se trata de un debate de expertos- sino que se trata de voluntad política por hacer cambios. El legislador chileno ha decidido asumir la autoría del sistema de relaciones laborales diseñado e impuesto en una dictadura, lo que resulta particularmente lamentable dadas las condiciones en que se encuentra nuestra democracia».
Las personas ligadas al mundo del trabajo y del derecho que firman la carta figuran: Pablo Arellano Ortiz, profesor de Derecho del Trabajo PUCV; Eduardo Caamaño Rojo, profesor de Derecho del Trabajo PUCV; Rafael Carvallo Santelices, abogado laboralista; Diego Corvera Vergara, abogado laboralista; Diego López Fernández, profesor de Derecho del Trabajo magister UAI; Carmen Espinoza Miranda, directora del Programa de Economía del Trabajo (PET); María Ester Feres Nazarala, profesora de Derecho del Trabajo Universidad Central; Sergio Gamonal Contreras, profesor de Derecho del Trabajo Universidad Adolfo Ibáñez; Caterina GuidiMoggia, profesora de Derecho del Trabajo Universidad Adolfo Ibáñez; Juan Gumucio Rivas, académico; María Soledad Jofré Bustos, profesora de Derecho del Trabajo Universidad de Talca; Yerko Ljubetic Godoy, ex Ministro del Trabajo; Daniela Marzi Muñoz, profesora de Derecho del Trabajo Universidad de Valparaíso; Rodrigo Morales Ortega, abogado laboralista; Dagmar Salazar Meza, profesora de Derecho del Trabajo PUCV; Rodrigo Palomo Vélez, profesor de Derecho del Trabajo Universidad de Talca; Yenny Pinto Sarmiento, profesora de Derecho del Trabajo Universidad Católica del Norte; Irene Rojas Miño, profesora de Derecho del Trabajo Universidad de Talca; Claudia Salgado Soto, profesora de Derecho del Trabajo Universidad Central; César Toledo Corsi, profesor de Derecho del Trabajo Universidad Diego Portales y José Luis Ugarte Cataldo, profesor de Derecho del Trabajo Universidad Diego Portales.
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