Reforma Laboral y los pactos de adaptabilidad

Por Roberto Godoy. Abogado y ex asesor legislativo de los ministerios de Hacienda y del Trabajo

En días pasado tuvimos una buena noticia: se registró en la Dirección del Trabajo el primer pacto de adaptabilidad para trabajadores con responsabilidades familiares, suscrito entre la empresa CAP y su sindicato. La importancia de esta noticia fue refrendada con la presencia del Ministro del Trabajo y Previsión Social.

Los pactos de adaptabilidad fueron introducidos por la reforma laboral presentada y aprobada durante el gobierno de la Presidenta Bachelet y apuntan, precisamente, al corazón de la reforma: generar un sistema de incentivos con mayores niveles de equilibrio y simetría entre trabajadores y empleadores, y un marco institucional que favorezca el diálogo y la negociación en la empresa e incremente la autonomía de las partes con el objeto que puedan alcanzar acuerdos de mutuo beneficio, mejorando la distribución de los frutos del trabajo y la productividad laboral.

 La nueva ley de negociación colectiva incorporó un conjunto de mecanismos destinados a que trabajadores y empleadores desarrollen procesos de negociación más técnicos y con un campo más amplio de materias sobre las cuales discutir, negociar y construir acuerdos. En este sentido, se perfeccionó el derecho a información, se reconoció el principio de la buena fe y se ampliaron las materias de negociación a otros temas de interés común, como conciliación de trabajo y familia, servicios de bienestar, planes de igualdad de oportunidades y equidad de género, capacitación y reconversión productiva, entre otros. Una de las novedades más importantes de la reforma fue la posibilidad que las partes puedan establecer algunos pactos sobre distribución de jornadas y otros acuerdos de adaptabilidad para trabajadores con responsabilidades familiares, mujeres y jóvenes. El proyecto de ley despachado por el Congreso incluía otros pactos de adaptabilidad que posteriormente fueron objeto de un veto presidencial, a raíz del fallo del Tribunal Constitucional que se pronunció contra la titularidad sindical. Nuevamente los temores y las desconfianzas del pasado impidieron avanzar con más fuerza hacia un mercado laboral moderno y flexible.
En el mes de abril se cumplió un año de la puesta en marcha de la reforma laboral. Atrás quedó un debate legislativo, económico y político que fue – y siempre será- complejo y difícil: cuando se modifican los incentivos y las posiciones relativas de las partes en las relaciones laborales, en definitiva, se están alterando las relaciones de poder. Sólo la perspectiva del tiempo ayudará a tener un juicio equilibrado de los impactos de la reforma y sus desafíos, de ahí que sea tan relevante conocer el informe de evaluación que debe emitir el Consejo Superior Laboral, organismo tripartito que también fue creado por esta reforma. De momento, las noticias parecen ser auspiciosas: reducción de la conflictividad, incremento de la participación sindical y mejor calidad de la negociación colectiva. Hoy, trabajadores y empleadores tienen una cancha más amplia, pareja y diversa para construir relaciones laborales basadas en el respeto y la colaboración, en donde se puedan reconocer y conciliar sus intereses y alcanzar acuerdos no sólo en materia remuneracional, sino también sobre las formas y condiciones de organización del trabajo.

Sea el primero en dejar un comentario

Denos su opinión

Tu dirección de correo no será publicada.