Por Gabriel Osorio/ Abogado
La historia es circular. En el otoño de 1994, el entonces General Director de Carabineros, Rodolfo Stange, se negó a renunciar, dejando sin efecto la solicitud del Presidente Frei Ruiz – Tagle, para que renunciara a su cargo, en el marco del “Caso Degollados”. 24 años después, el General Director de Carabineros de Chile, Hermes Soto Isla, no presentó su renuncia voluntaria al Presidente Piñera, obligando a este último a estrenar el complicado mecanismo del artículo 104 de la Constitución Política de la República.
Así, para poder pasar a retiro al General Director Hermes Soto, la Constitución exige que el Presidente de la República informe Congreso Nacional los fundamentos del pase a retiro. El Congreso, en sesión, tomará conocimiento de dichos fundamentos. Proceso que abrirá una amplia gama de críticas a la Política de Seguridad del Gobierno y también un fuerte llamado de atención a las Fuerzas de Orden y Seguridad a subordinarse a las decisiones del Ejecutivo. Luego, el Presidente de la República y el Ministro del Interior y Seguridad Pública deberán suscribir un decreto supremo que deberá ser ingresado a Contraloría General de la República y sólo ahí podrán designar una nueva autoridad policial. Además, bien sabemos que, del contenido de los fundamentos del mencionado decreto, es perfectamente posible que pueda interponerse recursos ante Tribunales de Justicia -como ocurrió en los casos de Roxana Pey (U. Aysén), Branislav Marelic (INDH) o Dorothy Pérez (Contraloría)-, pudiendo alargarse la crisis por varios meses más.
¿Por qué estos episodios, al borde de la insubordinación, se repiten cada cierto tiempo? ¿Por qué permitimos que la institución más simbólica de nuestra democracia, la Presidencia de la República, sea violentada, burlada, por personas que deberían estar prestos a obedecer la más mínima instrucción de la máxima autoridad del país? Esto sucede porque simplemente hay incentivos constitucionales y legales que permiten esta clase de atropellos a la institución presidencial.
Hoy, a 30 años del plebiscito de 1988, y con cientos de reformas a la Constitución de 1980, no hemos sido capaces como sociedad de acordar mecanismos para asegurar la subordinación de aquellas instituciones que detentan el monopolio de las armas al poder civil. Si bien antes gozaban de total inamovilidad los comandantes en jefe de las FFAA y el Director General de Carabineros, el recién estrenado artículo 104, que tiene como origen las reformas constitucionales de 2005 y con una negativa feroz de la derecha a otorgar facultades al Presidente para remover a las máximas autoridades de las FFAA y de orden, simplemente no resiste el estándar de subordinación y no deliberación de la institución policial que cualquier democracia moderna requiere.
Quienes se han opuesto tenazmente a cualquier reforma que implique profundizar la democracia ahora experimentan la debilidad de esta en sus propias oficinas. Además, con su ceguera y candidez, colaboraron en la debilitación profunda del Presidente de la República. Que quede claro que son los propios colaboradores del Presidente de la República, y particularmente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, quienes han expuesto a tamaño bochorno a la autoridad presidencial, al no ser capaces de manejar un caso tan gravoso con el asesinato de Camilo Catrillanca.
A estas alturas, y con nuestras instituciones armadas y de orden tan cuestionadas, es imperativo un Acuerdo Nacional para su reorganización completa, a fin de democratizar, transparentar y subordinar a éstas a las autoridades civiles que soberanamente el pueblo de Chile ha escogido.
Finalmente, queda patente que la Carta Política de 1980 y sus múltiples reformas, no resiste el paso del tiempo y que se hace necesario un acuerdo para generar una Carta Fundamental que represente a todos los chilenos y chilenas, y que contenga las reglas que permitan un desenvolvimiento tranquilo y eficaz de nuestras instituciones democráticas.
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