Debate sobre Ley de Amnistía

Luego de que el gobierno abriera el debate en el Congreso sobre el futuro de la iniciativa, los legisladores deberán decidir si anulan o derogan la ley que permite a algunos autores de crímenes de lesa humanidad no cumplir condena de cárcel.

El ministro de Justicia, José Antonio Gómez, y la ministra de la Segpres, Ximena Rincón, dieron a conocer una serie de medidas que impulsará el gobierno en materia de DDHH.

Una de ellas es darle urgencia al proyecto presentado en 2006 por los senadores Juan Pablo Letelier (PS), Guido Girardi (PPD), Alejandro Navarro (MAS) y Mariano Ruiz-Esquide (DC), que declara la nulidad del Decreto Ley N° 2.1911978 o Ley de Amnistía.

¿QUÉ ES LA LEY DE AMNISTÍA?

La Ley de Amnistía fue formulada durante el Régimen Militar y permite que los autores, cómplices o encubridores de crímenes de lesa humanidad y los militares responsables de violaciones a los derechos humanos cometidos entre los años 1973 y 1978, no cumplan condena de cárcel.

En este sentido, se diferencia del indulto ya que “la amnistía significa amnesia, borrar y perdonar los hechos y la eventual condena, a diferencia de un indulto”, según explica a La Tercera, Williams Valenzuela, abogado constitucionalista y director de la escuela de Derecho de la Universidad Mayor.

PROYECTO DE SENADORES

La moción de los senadores versa que “el decreto ley 2191 carece de todo efecto jurídico para el juzgamiento de las responsabilidades penales, civiles, administrativas y militares emergentes de los hechos que ella pretende cubrir, siendo en particular inaplicable a ella el principio de la ley penal más benigna, establecida en el art. 18 del Código Penal”.

“Se declara que son inamnistiables e imprescriptibles todos aquellos crímenes y simples delitos perpetrados por funcionarios públicos o particulares durante un período de interrupción constitucional, que cometidos particular o masivamente, puedan ser calificados como crímenes de guerra o de lesa humanidad”, continúa el proyecto.

OBJETIVO DEL GOBIERNO

Con este anuncio, el gobierno pretende abrir el debate en el parlamento para que sean los legisladores quienes decidan qué ocurrirá con el futuro de la Ley de Amnistía.

Así lo confirmó el titular de Justicia, quien afirmó que “serán los parlamentarios en la discusión parlamentaria los que van a avanzar en la discusión de estos proyectos. Lo relevante para el gobierno y para la Presidenta Bachelet es relevar lo que son proyectos importantes en materia de derechos humanos, que es lo que se ha hecho en el día de hoy y en el día de ayer también para los efectos de propiciar los debates en el Parlamento”.

En tanto, sobre la aplicación del cuerpo legal que puede ser suprimido con mayoría simple, la ministra Ximena Rincón explicó que “la sala penal no ha aplicado la Ley de Amnistía y probablemente esta discusión legislativa cierra el espacio a la posibilidad de que alguna vez se pueda aplicar”.

Para esto, el Ejecutivo le puso suma urgencia a la discusión el Decreto de Ley en el Congreso, es decir, 30 días hábiles en que la norma tendrá prioridad en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia del Senado.

¿ANULAR O DEROGAR LA LEY?

A pesar de que el proyecto de los senadores plantea anular el Decreto de Ley, los parlamentarios deberán decidir si efectivamente el cuerpo legal se anula o se deroga.

Según Valenzuela, “lo que corresponde, de acuerdo a los procedimientos constitucionales, es la derogación del Decreto de Ley. Si bien, conforme al Derecho Internacional de los DD.HH, dicha normativa es ineficaz, el Estado debe apegarse a los procedimiento establecidos, derogando el Decreto con efectos pro futuros”.

“Las situaciones donde se aplicó y existe cosa juzgada material son, en principio, inmodificables. Ahora bien, su derogación se hace perentoria, pues la sola vigencia de dicha normativa constituye una violación del artículo 1.1 de la Convención Americana.Conforme a los procedimientos constitucionales no existiría la figura de anulación de leyes”, añade el experto.

Sin embargo, la Directora del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), Lorena Fries, asegura que el procedimiento a seguir debe ser la anulación del Decreto de Ley, lo que significaría que los casos de violación a los derechos humanos en la dictadura no quedarían cubiertos por la ley.

“En principio debería ser anulación y no derogación, porque con derogacion tendríamos un problema hacia atrás respecto de causas del pasado (…) y por lo tanto la nulidad lo que significa es que nunca existió la amnistía para crímenes de lesa humanidad, esa debería ser la salida”, aseguró la abogada a Cooperativa.

Además, Fries explicó que “hay otros problemas que van a salir a colación, como es la aplicación de la media prescripción, que es una institución que baja las penas de los criminales de lesa humanidad con lo que acceden a beneficios sociales, cuestión que ha sido bastante criticada por las organizaciones de DDHH y que también debiera revisarse”.

REAPERTURA DE CASOS

En ese sentido, el titular de Justicia señaló que «hay que ver en la práctica qué significan” los efectos retroactivos que pudiera tener esta iniciativa sobre los casos en los que ya fue aplicada. “Los efectos los vamos a ver en el proceso que vamos a discutir».

Por su parte, Fries indicó que “hay que estudiarlo de acuerdo a estándares internacionales y a cuáles son alas obligaciones concretas que el país ha asumido en esa materia”.

En tanto, el senado Guido Girardi aseveró que una posible reapertura de casos “permitiría tener la información respecto a personas que son detenidos y desaparecidos que nunca se ha podido saber porque se cerraron esos casos”

 

Fuente: La Tercera

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