Procedente. Así consideró la Contraloría General de la República el reemplazo de trabajadores del Registro Civil durante la paralización de 39 días que afectó a dicho organismo y que finalizó el pasado 6 de noviembre.
“Procede que personal de otras entidades estatales desempeñe funciones en el Servicio de Registro Civil e Identificación ante la paralización de actividades efectuada por sus funcionarios”, señaló el organismo fiscalizador en un dictamen firmado por la Contralora (s) Patricia Arriagada Villouta con fecha 1 de diciembre.
“Tal medida apunta a dar cumplimiento al principio de continuidad del servicio público”, agrega la resolución, emitida en respuesta a consultas efectuadas en esta materia por la diputada Marisol Turres (UDI) y asociaciones de funcionarios del Ministerio del Interior.
Según consta en el documento de Contraloría, la Dirección Nacional del Registro Civil solicitó a Interior “el apoyo de personal de su dependencia para colaborar en el cumplimiento de sus funciones”, ante los inconvenientes generados por la movilización.
En esta línea, a fines de octubre la Asociación de Funcionarios del R. Civil, encabezada por Nelly Díaz, presentó un recurso de protección contra el reemplazo de sus funcionarios en huelga, el que, no obstante, fue declarado inadmisible por la Corte de Apelaciones de Santiago.
El dictamen fundamentó su decisión principalmente en dos elementos: la promoción del “bien común” en todo el territorio nacional que la Constitución exige a la administración del Estado, entregando con ese objetivo facultades a intendetes y gobernadores de cada región, y en lo dispuesto en el artículo 75 de la ley 18.834 (Estatuto Administrativo), que “faculta a la autoridad administrativa para designar en comisión de servicio a empleados de su dependencia para que desarrollen funciones en otra institución pública”.
Esto con el objetivo, señaló Contraloría, de cumplir con los principios de “servicialidad del Estado, continuidad del servicio público, eficiencia, eficacia y coordinación que rigen el actuar de los órganos de la administración (…) que apuntan al restablecimiento de la regularidad y continuidad de las prestaciones que el Servicio de Registro Civil e Identificación está obligado a otorgar a sus usuarios”.
Reemplazo
La decisión del organismo fiscalizador remite a la discusión del proyecto de reforma laboral, que prohíbe en el sector privado -en la administración pública no existe teóricamente el derecho a negociación colectiva-, el reemplazo externo e interno de trabajadores en huelga. Esto, si bien en este último caso el gobierno estudia una indicación que permita a los empleadores hacer “adecuaciones” necesarias para garantizar la continuidad de la empresa.
Para Huberto Berg, abogado de Berg Consultores, el fallo de Contraloría revela un criterio que también debiese tomarse en cuenta al analizar la realidad del sector privado.
“Así como el paro del Registro Civil generó un evidente daño a las personas, en el caso de las empresas el daño potencial es el riesgo de que una paralización implique afectar la continuidad de las operaciones, considerando que en el sector privado existe competencia para proveer los bienes y servicios”. Añade que “por eso el reemplazo es importante, porque tanto a quienes están en huelga como a los que no les conviene que la compañía siga funcionando y no perder su fuente de trabajo”.
Denos su opinión