
Por primera vez en Chile la justicia determinó que el vínculo entre un rider y PedidosYa es de trabajadores y no de socios, lo que implica subordinación y dependencia.
Más de 30 son las denuncias por irregularidades laborales que acumulan este tipo de plataformas en todo el país, pero fue en Concepción donde se produjo el fallo histórico en Chile, donde un juzgado reconoció que repartidores de delivery son trabajadores, no socios
“La relación laboral nace a la vida jurídica cuando se reúnen los elementos que la configuran, independientemente de la calificación que puedan darle una o ambas partes. Pues, en materia de derecho del trabajo, reina como principio el de primacía de la realidad, que significa que en caso de discordancia entre lo que ocurre en la práctica y lo que surge de los documentos y acuerdos, debe darse preferencia a lo primero, es decir, a lo que sucede en el terreno de los hechos” se extrae del fallo dictado por la jueza Ángela Hernández, que se dio a partir de una demanda por despido injustificado presentada por el rider Álvaro Arredondo, en contra de PedidosYa, dándole el favor a este trabajador, a pesar que no existía un contrato de trabajo, pero en la práctica se comprobó el vínculo laboral.
Por su parte PedidosYa dijo que apelará a este fallo, mientras que repartidores de las aplicaciones celebraron esta resolución. Entre ellos Daniel Lara, quien lidera una emergente organización de estos repartidores y es parte de una demanda colectiva en contra de la empresa por razones similares a las de Concepción: “Estamos muy contentos con el fallo, es muy relevante porque se marcó un precedente, donde ya está determinado que no somos socios, tampoco emprendedores, somos trabajadores subordinados a la orden de una aplicación” expresó el repartidor.
Lara agregó también, que en mayo fue desvinculado de la aplicación PedidosYa por reclamar por cambios unilaterales de tarifas y liderar organización de los trabajadores. Cuenta que desde ese momento quedó sin trabajo y argumenta despido injustificado y prácticas antisindicales, junto a un grupo de otros repartidores, esperan que durante noviembre se lleve a cabo la audiencia en contra la aplicación y que el fallo sea en la misma línea de Concepción, dónde se declaró nulo el despido del trabajador y se obliga a la plataforma a pagar las indemnizaciones correspondientes.
“Lo ideal sería, que estas aplicaciones faciliten un contrato donde las condiciones sean claras y transparentes, que no se cambien cada vez que les parezca oportuno y de forma unilateral, una relación reconocida por el Código laboral chileno” relató Daniel Lara en entrevista con sindical.cl, agregando que está en trámite la formalización de esta organización denominada Riders Unidos Ya Chile, que agrupan a más de 30 repartidores y que se han reunidos con diversas autoridades para evaluar las condiciones de trabajo en estas aplicaciones.