El requerimiento que llevará el debate de la reforma laboral al Tribunal Constitucional

La comisión mixta no será la última valla para el proyecto estrella del gobierno de Michelle Bachelet que lleva más de un año de tramitación en el Congreso: la oposición afina los argumentos con los que buscará impugnar la titularidad sindical y la extensión de beneficios en el Tribunal Constitucional. En el oficialismo hay dudas sobre la solidez de la normativa para enfrentar esta nueva etapa.

Pese a las largas jornadas de debate en el Senado y al tercer trámite que comenzará esta semana en la Cámara de Diputados, todo indica que el Congreso no tendrá la última palabra respecto del futuro de la reforma laboral. Porque en paralelo a una discusión legislativa que ha estado marcada por discrepancias al interior del propio oficialismo, la oposición activó la redacción del requerimiento con el que buscará impugnar la nueva norma ante al Tribunal Constitucional (TC), una vez que ésta salga del Parlamento.

En lo formal, el primer paso lo dieron este jueves los senadores de Renovación Nacional (RN) y de la Unión Demócrata Independiente (UDI) cuando hicieron reserva de constitucionalidad en materias como titularidad sindical y extensión de beneficios. Esto les da un plazo de hasta cinco días después de aprobada la ley para acudir al TC, lo que estiman podría ocurrir a fin de mes. Si el organismo acoge la petición, el fallo podría conocerse dentro de un mes.

La estrategia que desatará la batalla final fuera del Parlamento es liderada por los senadores Andrés Allamand (RN) y Hernán Larraín (UDI), representantes de la oposición en la Comisión de Trabajo de la Cámara Alta. El equipo técnico a cargo del requerimiento está compuesto por especialistas de la Fundación Jaime Guzmán (FJG) y de Libertad y Desarrollo (LyD), y es coordinado por el abogado constitucionalista Gastón Gómez. En la oposición aseguran que el documento está prácticamente listo y que esta semana Larraín, Allamand y Gómez sostendrán reuniones para afinar los detalles.

“Vamos a recurrir al Tribunal Constitucional por titularidad sindical, obligatoriedad de negociación con el sindicato interempresa y extensión de beneficios (…). De hecho, la inconstitucionalidad en la extensión de beneficios reproduce calcada la situación que ocurrió con la glosa de educación”, dice el senador Allamand, haciendo alusión al fallo adverso al gobierno del TC, que se pronunció contra la gratuidad en diciembre del año pasado, determinando que los requisitos que debían cumplir las instituciones para acceder a la gratuidad eran inconstitucionales.

“Vamos a esperar que termine la tramitación, porque todavía tenemos la esperanza de que se corrijan errores. Si eso no fuera así, y tratándose de temas que contradicen el espíritu de la Constitución, recurriríamos al Tribunal Constitucional”, comenta el senador Hernán Larraín.

Dardos al corazón

Hasta el momento y en base a la redacción que salió este jueves del Senado a la Cámara de Diputados, el requerimiento tendrá dos temas centrales que apuntan a materias que la Nueva Mayoría definió como ejes del proyecto: la titularidad sindical -que termina con los grupos negociadores en las empresas donde existen sindicatos- y la extensión de beneficios.

Y podría haber más. En la oposición advierten que si el Ejecutivo repone en tercer trámite la indicación que transformaba la negociación colectiva con sindicatos interempresa de voluntaria a obligatoria -y que fue rechazada en el Senado con votos de la oposición y la DC-, la incluirán en el requerimiento ante el TC. Lo mismo ocurrirá si el gobierno insiste en que los sindicatos tengan acceso a la información sobre remuneraciones de los trabajadores, lo que tampoco fue aceptado por la Cámara Alta. Según las intenciones que dejó entrever la ministra del Trabajo, Ximena Rincón, al cierre de la sesión del jueves, lo más probable es que eso ocurra. “Probablemente tendremos que hacer un perfeccionamiento en normas de información y sindicato interempresa”, sostuvo la titular. Lo mismo advirtieron los legisladores que votaron a favor de la negociación interempresa, quienes anunciaron que buscarán reponer la norma en la comisión mixta.

De acuerdo a una minuta de la Fundación Jaime Guzmán, el requerimiento dejará claro que la reforma vulnera principios vinculados principalmente al artículo 19 de la Constitución. Por ejemplo, el derecho a asociarse, la libertad de trabajo, el derecho a sindicalizarse, la no discriminación arbitraria y el derecho de propiedad.

“El proyecto afecta la libertad sindical al forzar indirectamente la afiliación sindical (…); la sindicalización forzada se manifiesta en que para obtener determinados beneficios, el trabajador no sindicalizado estará obligado a afiliarse al sindicato”, expone Máximo Pavez, de la FJG.

Sergio Morales, de LyD, agrega que tal como quedó el proyecto, los trabajadores podrán realizar negociaciones personales sobre remuneraciones -siempre que estén fundadas en criterios objetivos-, pero no sobre otras materias. “La ley dice que no serán práctica antisindical los beneficios o acuerdos que se funden, pero solamente en materia de aumentos de remuneraciones; no otro tipo de condiciones de trabajo, como flexibilidad de jornadas. Eso vulnera el artículo 19 que consagra la libertad de trabajo y libertad de contratación. Porque además hay muchas cosas que podrían ser consideradas práctica antisindical. De hecho, la Dirección del Trabajo podría crear nuevas figuras que no conocemos hasta ahora”, alerta Morales.

¿Escenario adverso en el TC?

Según parlamentarios oficialistas, la posibilidad de un fallo adverso del TC sería el peor de los escenarios para el proyecto estrella de la administración Bachelet, debido a que si el organismo se pronuncia en contra de la postura del gobierno en temas como la titularidad sindical, el Ejecutivo se vería prácticamente forzado a enviar un nuevo proyecto al Congreso, tal como ocurrió con la gratuidad de la educación. El panorama no resulta claro y menos optimista, ya que tras el ingreso de José Ignacio Vásquez el año pasado, la correlación de fuerzas al interior del TC -conformado por 10 ministros- habría quedado con una inclinación 6/4 en favor de la oposición, según admiten tanto desde el gobierno como de RN y la UDI.

“Si eso ocurre, el costo de echar abajo un proyecto que beneficia a los trabajadores deberá ser asumido por el tribunal, no por el gobierno, y se reforzará la idea de que es necesario un cambio en materia constitucional”, señala un senador de la Nueva Mayoría.

Las dudas de la DC

Altas fuentes de gobierno indican que confían en la redacción de la reforma y aseguran que el espíritu del proyecto no vulnera la Carta Magna. Pero el convencimiento en el bloque oficialista no es absoluto. En la DC, por ejemplo, han encendido alertas en torno a problemas especialmente en materia de extensión de beneficios. Sin ir más lejos, la semana pasada senadores de la DC recibieron un correo del abogado y ex subsecretario del Trabajo del primer gobierno de Bachelet, Zarko Luksic. El asesor legislativo señaló que la extensión de beneficios sería inconstitucional, debido a que si el sindicato y la empresa no llegan a acuerdo, los trabajadores no sindicalizados “deberán obligatoriamente afiliarse al sindicato que participó en la negociación” para poder recibir los beneficios. Bajo su análisis, esto “violenta la libertad que tiene un trabajador para afiliarse o desafiliarse” de un sindicato. “Esta situación no sólo vulnera la libertad sindical, sino que también provoca un claro y manifiesto desmedro económico al trabajador que no quiere afiliarse, generando una discriminación arbitraria respecto de quienes sí están sindicalizados, afectando la igualdad ante la ley”, puntualiza Luksic.

El ex director del Trabajo y también asesor DC Marcelo Albornoz recalca que si bien la extensión de beneficios puede “tener un fin comprensible, adolece de un vicio de inconstitucionalidad, el cual ha sido ya advertido por muchos especialistas”. Esto, porque “la Constitución establece la libertad de asociación, lo que conlleva reconocer a las personas un triple derecho: libertad de afiliación, de desafiliación y no afiliación sindical”. Agrega que la norma “vulnera los Convenios de la OIT sobre Libertad Sindical que rechazan la sindicalización automática y el sindicato único”. Por ello, refuerza que “la ley laboral no puede establecer ningún tipo de incentivo, obligatoriedad o algún elemento que pueda forzar la sindicalización de las personas (…). No sería libre la persona si, y sólo si, sus beneficios están amarrados a que se sindicalice”.

Sin embargo, considera que establecer la preferencia del sindicato sobre el grupo negociador a la hora de enfrentar una negociación colectiva -titularidad sindical- “no sería inconstitucional”. Lo mismo opina Augusto Quintana, académico de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile. “El establecimiento de mecanismos y procedimientos para promover la organización sindical y para empoderar su desempeño tiene buena aura constitucional. La circunstancia de que se restrinja la intervención de grupos negociadores no evidencia una afectación indebida de derechos constitucionales, pues la preferencia del legislador en favor de asociaciones permanentes con personalidad jurídica es o resulta razonable, precisamente para fortalecer el derecho de asociación (sindicalización) y de negociación”, explica Quintana.

Una de las polémicas que se generó esta semana durante la votación de la reforma tuvo relación justamente con las dudas en torno a la constitucionalidad. En sala, el senador Allamand solicitó al ministerio del Trabajo el detalle de dos informes encargados por la entidad: uno elaborado por el abogado Patricio Zapata y otro realizado por Pablo Ruiz Tagle. Sin embargo, desde el Ejecutivo señalaron contar solamente con la versión final de Zapata. Parlamentarios sostienen que la razón de no difundir el segundo documento estaría relacionada con las duras advertencias que el abogado constitucionalista habría realizado en materia de extensión de beneficios.

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