Andras Uthoff, experto en pensiones: “El aumento del 4% sólo será útil para aquellos que se jubilen en 40 años más”

El famoso 4% adicional de las cotizaciones de las AFP se ha tomado el protagonismo del debate del nuevo proyecto que por estos días se discute en el Congreso. La polémica gira en torno a quién debe estar a cargo de administrar esta cifra. Si bien el gobierno inicialmente dejaba abierta la gestión a las AFP, nuevos privados o bien a un ente público de nueva creación; la oposición siempre apostó por la administración del Estado hacia un fondo solidario. El rol de la DC en las negociaciones de la semana pasada llevaron al Ejecutivo a comprometerse a que ese 4% lo gestione un nuevo ente público.

Sin embargo, pocas horas después de la aprobación de la Sala de la idea de legislar el proyecto, el ministro de Hacienda, Felipe Larraín, ya se echaba atrás. “No necesariamente el consejo [público nuevo] lo va a administrar”, dijo. Y las alarmas se encendieron de nuevo.

Desde entonces, varias voces del oficialismo han salido a desmentir la afirmación de Larraín. El viernes fue el titular del Trabajo, Nicolás Monckeberg, quien aclaró que un ente público será responsable del 4% adicional y que AFP no participarán en dicha gestión. También lo hizo el ministro de la Segpres, Gonzalo Blumel, quien aseguró que “ese 4% no irá a las AFP, por eso crearemos un consejo público que estará a cargo de esa nueva cotización, la que irá íntegra a la cuenta individual de los trabajadores”. Este lunes, el propio ministro Larraín descartó cualquier polémica por ese 4% y reafirmó los dichos de sus pares.

En las últimas horas, también se han pronunciado las administradoras de fondos, que a través del presidente de la Asociación de AFP, Andrés Santa Cruz, criticaron que no se les deje “competir” y se les excluya “a dedo”; y los ciudadanos. Según la encuesta semanal Cadem, 53% de los encuestados se manifestó en desacuerdo, y sólo el 35% está de acuerdo con la iniciativa.

Para analizar el proyecto del Ejecutivo y conocer los efectos reales de la administración del 4% por un ente público, El Desconcierto conversó con el doctor en Economía de la Universidad de California Berkeley y experto en pensiones, Andras Uthoff. “Se confunde un sistema de pensiones con un mercado obligatorio de ahorro”, afirma el académico. Sobre el desenlace del 4%, opina que “todavía persiste el fantasma de que traten de impuslar el proyecto original”, que dejaría que los trabajadores decidieran si quieren a las AFP como administradores del 4%.

Más allá de la evidencia de que el 10% de las cotizaciones seguirán bajo la administración de las AFP, ¿en qué otros puntos este proyecto fortalece a las administradoras de fondos?

Se establecen condiciones para centralizar las cobranzas judiciales, la información a los afiliados y la administración de cuentas, aprovechando economías de escala, lo cual les permitirá mejorar su eficiencia, si esta mayor eficiencia no se traduce en menores comisiones será una ventaja para las AFP. Después de la votación de la Sala y la vaguedad y contradicciones que existe entre las autoridades de gobierno respecto a quién y cómo se administrará el 4%, todavía persiste el fantasma de que traten de impulsar la iniciativa del proyecto original, en que las AFP sí podrían administrar parte de ese aporte según decidan los afiliados. Finalmente, el nuevo diseño que el proyecto propone para un seguro de longevidad está sesgado en favor de incentivar a los afilados a escoger la opción de retiro programado, lo cual favorece a las AFP.

Según se ha explicado, esta reforma entregaría cambios sustanciales al largo plazo, no antes de 40 años. Por lo tanto, las personas que hoy tienen 40 años y aportan al sistema, no verían cambios sustanciales hasta los 85 años. ¿Qué tendría que regularse para que los efectos surgieran más al corto plazo?

No es cierto que no se verán efectos antes de 40 años. Las reformas al pilar solidario y los bonos a la clase media y a las mujeres podrían dar resultados antes, aunque serán muy pequeños y graduados en el tiempo, según edad y requisitos de densidad de cotizaciones. O sea, es imposible de predecir. Sin embargo, el aumento del 4% sólo será útil para aquellos que hoy recién ingresan a la fuerza de trabajo y que se jubilen en 40 años más. Dado que ya se anuncian caídas de la rentabilidad de los fondos de pensiones y en la densidad de cotizaciones, así como aumentos en la esperanza de vida, no es claro que ese aumento pueda compensar el efecto a la baja que estos otros factores tendrán sobre el monto de las pensiones finales.

Sobre la polémica gestión del 4% adicional, algunos técnicos e incluso la OCDE hablaron de que manejar separadamente el 10% del 4% podría resultar menos eficiente. A efectos prácticos, este 4% a manos de un ente público, ¿qué consecuencias podría tener?

Esta polémica se refiere al cobro de comisiones que pudiera hacer la nueva entidad. Las AFP han prometido realizar la administración sin el cobro de comisiones, pero bien podría una entidad estatal ser subsidiada por el monto de las comisiones por realizar esta administración. Es un punto sobre el que habrá que esperar lo que resulte del debate.

Según el gobierno, el proyecto contempla fortalecer el pilar solidario para la pensión básica solidaria y el aporte previsional solidario inyectando 1.000 millones de dólares. ¿En qué se diferencia este proyecto con el presentado por la expresidenta Michelle Bachelet en lo que al pilar solidario se refiere?

Fundamentalmente, en que éste contempla un aumento de la pensión máxima con aumento solidario tratando de que la AFP alcance a personas de mayores ingresos (clase media), pero en su letra chica señala que los otros aumentos por concepto de bonos y del 4% adicional serán considerados para el cálculo de la pensión base sobre la cual se estima el monto de la AFP. Por ende, existe el truco que lo que se da por un lado se quita por el otro. Además, en la forma de entregar los aumentos, siendo estos mayores por edad y graduales en el tiempo, el actual proyecto de ley viola el derecho a un beneficio por su condición de pobreza, y comienza a discriminar a los beneficiarios por cohortes y grupos de edades. De hecho, los aumentos de la pensión básica solidaria y del aporte previsional solidario de 50 % que se han publicitado para cuando el proyecto esté en régimen son solo para aquellos que sobreviven a los 85 años de edad, no para todos.

El Ejecutivo ha dicho que este proyecto se sustentará “con holguras” hasta 2030. ¿Comparte esta opinión?

La mesa técnica de la oposición lo señaló con claridad e indicó que el proyecto descansa en el financiamiento fiscal, sin que nuevos ingresos permanentes estén asociados a los nuevos gastos permanentes. Los expertos indicaron que esto se traduce en problemas de sustentabilidad de largo plazo y en largas gradualidades que postergan los gastos a las siguientes administraciones. Pese a que el gobierno ha dicho que el proyecto se financia con las holguras fiscales de aquí al 2030, las proyecciones económicas no son favorables y las holguras no alcanzan. Además, las pensiones no pueden depender solo de las holguras, necesitan financiamiento seguro y de largo plazo para no comprometer al fisco de forma irresponsable.

En Perú, que también tenía un sistema previsional de capitalización individual, desde hace unos años la gente puede retirar los fondos cuando quiere. ¿Es una buena idea, una buena salida?

Desde la perspectiva de que el sistema se basa en el ahorro del trabajador, esta medida tiene sentido, por cuanto significa que puede disponer de los fondos si así lo desea el trabajador. Pero en la medida que tal retiro signifique que la pensión básica a partir de la cual se estimarán los subsidios del gobierno se disminuye y la gran mayoría calificará para subsidios, esa medida terminará desplazando a los más necesitados. Por ende, desde la perspectiva previsional no es aconsejable. Es la contradicción que se genera como resultado de que se confunde un sistema de pensiones con un mercado obligatorio de ahorro. En el primero las cotizaciones son para la seguridad social de adquirir un derecho, habitualmente definido de antemano; en la segunda, es sólo una cuota de ahorro de propiedad del afiliado. En uno, el trabajador tiene derechos previsionales asociados al trabajo; en el otro, tiene derechos previsionales asociados a su capacidad de ahorro.

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